El Supremo ha abierto juicio oral al exconseller de Presidencia de la Generalitat
El Tribunal Supremo ha abierto juicio oral al exconseller de Presidencia de la Generalitat Francesc Homs en relación con la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014 y le juzgará por los delitos de prevaricación administrativa y desobediencia grave cometido por autoridad pública.
El magistrado de la Sala de Lo Penal Andrés Palomo del Arco, ha dictado auto de apertura de juicio oral después de que el pasado 29 de diciembre pusiera fin a la instrucción de la causa.
El auto recoge los hechos incluidos en el informe del fiscal que pide para el actual diputado 9 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos por desobedecer al Tribunal Constitucional y organizar la consulta.
Homs será juzgado en el Supremo por este asunto con independencia a que renuncie a su acta de diputado. El acusado tiene un plazo de diez días para presentar su escrito de defensa si bien contra el auto no cabe recurso.
PETICIÓN DEL FISCAL
La Fiscalía del Tribunal Supremo pide nueve años de inhabilitación para Homs en relación con la consulta del 9N en la que se le imputan delitos de prevaricación y desobediencia, al entender que actuó de forma "arbitraria" y contraria a derecho, al desobedecer la suspensión del Tribunal Constitucional.
En concreto, por el delito de prevaricación solicita la pena de inhabilitación especial por siete años y seis meses, y por el delito de desobediencia, una multa de cinco meses con una cuota diaria de 200 euros e inhabilitación especial por un año y un mes.
El fiscal afirma en su escrito que el acusado "no adoptó la suspensión de ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta que dependían directamente del Departamento de la Presidencia del que era titular".
También recuerda que impulsó activamente los trabajos preparatorios de la convocatoria, puso los servicios jurídicos de su Departamento a disposición del CTTI para ejercer acciones legales ante una eventual suspensión adoptada por empresas privadas, y, en definitiva, potenció tras haber conocido la Providencia de suspensión dictada por el Tribunal Constitucional el desarrollo del denominado "proceso participativo".
Además, indica que Homs era "plenamente consciente, máxime en su condición de cabeza de los servicios jurídicos de la Generalitat", de que con su actuación quebrantaba el obligado acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional.
El pasado mes de diciembre, el Tribunal Supremo puso fin a la instrucción de la causa en la que investiga al actual diputado y exconseller de Presidencia de la Generalitat Francesc Homs en relación con la consulta del 9N.