"No existe una razón legal para ello", asegura el regulador
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dado un toque de atención a las cotizadas españolas por una de las prácticas más extendidas a la hora de comunicar información relevante: la de esperar al cierre del mercado para evitar que afecte a la cotización. Según el regulador, "no existe razón legal para ello", por lo que las compañías deben empezar a seguir el precepto de que hay que comunicar tan pronto como sea posible.
Sobre todo ahora que la CNMV va a introducir una serie de cambios que prometen revolucionar la información bursátil tal y como la conocemos. Este miércoles anunciaba que desde el 8 de febrero los tradicionales hechos relevantes serán sustituidos por la información privilegiada, en la que se enmarcarán todos los comunicados que puedan afectar al precio de la acción. El resto se catalogará como otra información relevante.
La entidad que preside Sebastián Albella ha destacado la obligatoriedad de publicar la información privilegiada tan pronto como sea posible bajo el nuevo modelo, por lo que las cotizadas no deberán postergar sus comunicados bajo ningún concepto. "El emisor debe dar a conocer la información cuanto antes, y no demorarlo para más tarde si ya tiene la nota lista", han explicado fuentes de la CNMV, que insisten en que no hay "razón legal" que justifique el retraso a la hora de informar al mercado.
Por tanto, los horarios de negociación de la bolsa no serán nunca un factor a considerar para retrasar la difusión de la información privilegiada. "Seguimos con el chip del horario bursátil, pero no hay que olvidar que hay otros mercados que siguen abiertos cuando la bolsa cierra", y los inversores tienen derecho a conocer cualquier notificación relevante sin tardanza, insisten esas mismas fuentes.
"Esperar al cierre del mercado para no mover la acción, en términos generales, no es una excusa", defiende la CNMV, que como ejemplo dice que si se produce un hecho que puede afectar al precio en sábado, "no es legítimo esperar al lunes" para comunicarlo. No obstante, entiende que habrá casos en los que el retraso esté justificado. "Otra cosa es que el emisor valore que hay una razón legítima para demorar", indica el regulador, que recuerda que son las propias cotizadas las responsables de enviar sus comunicados y que la CNMV solo los revisa a posteriori.
Según explica el regulador, la información privilegiada deberá ser comunicada a la mayor brevedad, aunque habrá excepciones en el nuevo sistema. En concreto, se permitirá retrasar la publicación de la misma siempre que se cumplan tres condiciones: que se asegure la confidencialidad de la información, que el retraso se deba a razones legítimas (como la necesidad de cerrar algunos trámites), y que la demora no induzca a confusión.
La CNMV indica que deben darse las tres condiciones de forma simultánea, por lo que si la información se filtra y hay noticias o comentarios en las redes sociales sobre ello, la empresa no podrá retrasar su comunicación al mercado.