La mayoría de los ciudadanos tienen que presentar la declaración de la renta aunque existen excepciones
La campaña de la "Renta 2016" calienta motores. El próximo día 6 de abril se podrá pedir por Internet el borrador de la declaración de la renta del pasado ejercicio fiscal. La pregunta que se realizan ahora muchos españoles es: ¿quién está obligado a declarar los ingresos obtenidos el año pasado?
Como regla general, las personas físicas residentes en España están obligadas a declarar los ingresos que hayan obtenido durante el último ejercicio fiscal. Sin embargo, existen excepciones a esta norma.
Así, están obligados a hacer la declaración las personas que ingresen más de 22.000 euros al año de un único pagador. En caso de tener unos rendimientos menores a esa cantidad, se está obligado a presentar la declaración si se tienen aplicadas deducciones por haber invertido en vivienda, por cuenta ahorro- empresa, por doble imposición internacional o reducciones en base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, como destaca Europa Press.
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En cuanto a los trabajadores que tienen varios pagadores, están obligados a realizar la declaración si han recibido de alguno de sus pagadores más de 1.500 euros durante el ejercicio.
Los ciudadanos que hayan ganado dinero invirtiendo en Bolsa o reciban intereses o dividendos están obligados a realizar la declaracion si la suma de éstos ingresos supera los 1.600 euros
En cambio, no estarán obligados a presentar la declaración aquellos que hayan ingresado 12.000 euros o menos durante el año aunque parte de esos ingresos provenga de diferentes pagadores y más de uno de esos pagos sea superior a los 1.500 euros.
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No obstante, aunque no se esté obligado a realizar la declaración, es aconsejable solicitar el borrador para poder comprobar si el resultado sale a pagar o a devolver. Si la declaración es negativa, el contribuyente deberá confirmar el borrador para que la Agencia Tributaria pueda proceder a la devolución de las retenciones que se hayan aplicado de más. En caso de que el resultado de la declaración sea positiva, el contribuyente no tiene por qué presentar el borrador en Hacienda.
Por otro lado, los ciudadanos que hayan ganado dinero invirtiendo en Bolsa o reciban intereses o dividendos están obligados a realizar la declaracion si la suma de éstos ingresos supera los 1.600 euros.
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