La CNMV acusa a las entidades de sobrevalorar el conocimiento de los clientes

El regulador anuncia una actuación específica este año para evitar que esto ocurra

Nieves Amigo
Bolsamania | 05 feb, 2019 13:12 - Actualizado: 13:41
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El presidente de la CNMV, Sebastián Albella.APIE

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha comunicado este martes que tiene intención de vigilar de cerca a las entidades que prestan servicios de inversión para que la información que obtienen para evaluar la conveniencia e idoneidad de las operaciones de sus clientes minoristas no sobrevalore su formación, conocimientos y experiencia inversora. "En algunos casos, esta incidencia afecta a una alto número de clientes", ha señalado el organismo regulador.

La CNMV ha advertido de que está actuando, incluso mediante la imposición de sanciones, para corregir este tipo de actuaciones y ha adelantado que durante este año tiene previsto realizar una actuación específica de revisión en este ámbito "que afectará a un número relevante de entidades".

El regulador ha señalado que considera "importante" que las entidades adopten medidas y realicen actuaciones "dirigidas a asegurar que la información que obtienen de los clientes minoristas para evaluar la conveniencia y la idoneidad de sus operaciones (...) se ajusta a la realidad y esté actualizada".

"Una inadecuada evaluación de la conveniencia o idoneidad de las operaciones como consecuencia de deficiencias o errores en la información obtenida puede implicar la venta o recomendación de productos inadecuados para los clientes o la no formulación o cumplimentación requerida legalmente de advertencias o textos manuscritos en los que el cliente reconoce que ha sido informado de que cierto producto no es conveniente para él. Ello, lógicamente, puede facilitar indebidamente a la entidad la colocación de valores e instrumentos financieros, tanto propios como de terceros", ha indicado la CNMV.

MEDIDAS PARA GARANTIZAR UNA INFORMACIÓN "FIABLE"

El organismo regulador recuerda que el artículo 54.7 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565, de 25 de abril, establece que las empresas de servicios de inversión deben tomar medidas razonables para garantizar que la información recogida sobre sus clientes o posibles clientes sea fiable.

En este sentido, la CNMV aconseja analizar y contrastar convenientemente la información obtenida sobre los clientes y plantea que las entidades tengan mecanismos para permitir que el personal que recaba información detecte situaciones que, a priori, sean atípicas. "La inclusión de alertas automáticas en los aplicativos informáticos que se empleen durante el proceso de obtención de la información puede resultar a estos efectos muy útil", explica el regulador, así como disponer de procedimientos para la subsanación de incidencias, en caso de detectarse incoherencias, discrepancias o un elevado volumen de situaciones atípicas.

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