El alivio de los DTAs no será gratis: limitación del dividendo en efectivo y tasa sobre depósitos

La recomendación del Banco de España sobre la retribución en caja podría extenderse

Sharecast News | 28 nov, 2013 18:01
Banco Santander
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MADRID, 28 NOV. (Bolsamania.com/BMS) .- Este viernes, tal y como anunció el martes el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, podría aprobarse en el Consejo de Ministros una flexibilización fiscal para que los activos fiscales diferidos (DTAs por sus siglas en inglés) computen como capital de máxima calidad. Entre 25.000 y 30.000 millones de euros podrán formar parte de los ratios de capital que exigirá la regulación internacional de Basilea III, y que según esta normativa, no podrían hacerlo. De ahí que el Gobierno de España tenga que aprobar una ley que complete la trasposición de la directiva de Basilea.

Los DTAs son gastos que han tenido impacto en los bancos, pero que las entidades no se han podido deducir de la base imponible en el impuesto sobre sociedades y, por tanto, generan un derecho de cobro contra la Hacienda pública.

A su vez, este viernes 29 de noviembre vence el plazo que la Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) impuso en su Recomendación del 22 de julio para que las entidades presenten a los reguladores nacionales los planes de cumplimiento de la regulación. Incluso antes de la aprobación de la ley que permite contabilizar los DTAs, los bancos ya los habrían incluido en estos programas remitidos al Banco de España, lo que da idea de que esta norma lleva semanas acordada con Bruselas y con el Ministerio de Hacienda. De hecho, ya en verano, con motivo del rally bursátil que protagonizó la banca, se argumentó que el pacto sobre los DTAs sería favorable para el sector.

Desde la industria financiera justifican esta flexibilización fiscal con el argumento de que en otros países los DTAs ya computan como capital, por ejemplo, Italia. Sin embargo, las autoridades podrían compensar este nuevo alivio para los bancos con otras medidas restrictivas que afectarían a los dividendos o que podrían estar relacionadas con el impuesto sobre depósitos bancarios.

MENOS DIVIDENDOS EN EFECTIVO

La semana pasada, el Fondo Monetario Internacional (FMI) instaba al Banco de España a extender un año más la recomendación de que el dividendo en efectivo no supere el 25% de los beneficios. Los analistas de JP Morgan también apuntaban en esta dirección en un informe publicado ayer tras reunirse la semana pasada en Madrid con distintas entidades financieras y con las autoridades competentes. Es potestad del Banco de España prolongar esta medida de prudencia que parece previsible.

El pasado 27 de junio, el supervisor “recomendaba” a las entidades financieras limitar sus dividendos al 25% de sus beneficios e instaba a mantener o priorizar el llamado scrip dividend o dividendo en especie (en acciones) para no dañar los niveles de capital. “No descartamos cambios en las políticas actuales de dividendos, prestando atención a aquellas entidades que aún mantienen pagos en efectivo como Bankinter o BBVA (en efectivo dos de los 4 pagos anuales)”, opinaba entonces Nuria Álvarez Añibarro, analista financiero de Renta 4.

Meses después este pronóstico se cumplía, y BBVA anunciaba la cancelación de su último dividendo en efectivo a cuenta de 2013 para cumplir con la recomendación del Banco de España tras el impacto negativo en sus cuentas de la desinversión en Citic. Antes ya lo había hecho CaixaBank. Mientras la entidad catalana sustituía un pago en efectivo por retribución en acciones, BBVA cancelaba el pago del efectivo de enero. Además, el banco vasco anunciaba su intención de sustituir la actual política de retribución al accionista por una política de remuneración íntegramente en efectivo ligada a la evolución de los beneficios, con el objetivo final de distribuir anualmente entre un 35% y 40% de los beneficios obtenidos en cada ejercicio, decisión que sería incompatible con una extensión de la recomendación del supervisor.

IMPUESTO SOBRE DEPÓSITOS BANCARIOS

El pasado lunes, El País apuntaba que en el Ministerio de Hacienda barajan dos opciones para la reforma del impuesto sobre depósitos bancarios: cederlo a las autonomías pero limitando el tipo de gravamen para dotarlo de cierta homogeneidad; o crear un tipo reducido para el impuesto estatal, entre el 0,02% y el 0,03%, y repartir la recaudación entre los territorios. Como explicaba el diario, el año pasado Hacienda creó un tributo estatal con un tipo de gravamen cero que anulaba el de las comunidades al tener rango superior. Para compensar a las autonomías que ya tenían el impuesto en vigor, Andalucía, Extremadura y Canarias, el Estado decidió pagar a estas regiones una cantidad similar a lo que hubieran recaudado.

Ayer en la sesión de control, el presidente aseguraba que el año que viene se aprobará como impuesto estatal cedido a las Comunidades Autónomas. Según fuentes gubernamentales citadas por el rotativo a comienzos de semana, el Gobierno limitaría los tipos a una horquilla de entre el 0,5% y el 0,03% para homogeneizarlo. De momento, Hacienda trabaja en los detalles sobre la base imponible, el tipo de gravamen de este tributo y si, aunque se anuncie entrado el año que viene, tendrá carácter retroactivo a todo 2014. Este impuesto formará parte de la reforma fiscal que se presentará el próximo ejercicio y que ya está analizando un grupo de expertos.

M.G.
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