Economía.- (Ampl.) Albella defiende que fue "correcto" no suspender la cotización y las posiciones cortas de Popular

Europa Press | 11 ene, 2018 19:47
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Sebastián Albella y Ana Martínez PinaCONGRESO

Revela que la CNMV tenía "preparados los papeles" para una prohibición de cortos si la entidad anunciaba una ampliación de capital

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella, ha defendido que fue "correcto" no suspender la cotización ni la operativa a corto sobre acciones de Popular en las semanas previas a su resolución.

Durante su comparecencia ante la comisión del Congreso que investiga la crisis financiera, el rescate bancario y la quiebra de las cajas de ahorro, Albella ha puesto en valor que el mercado cuenta con "sus propios mecanismos", como las subastas de volatilidad, para el caso de que se produzcan subidas o bajadas muy pronunciadas en el precio de un valor.

En todo caso, ha apuntado que las suspensiones de cotización deben durar lo menos posible y no sirven para evitar o frenar caídas en el precio del valor, dado que "tras el levantamiento el precio se sitúa, lógicamente, donde tiene que estar en función de la información existente".

Para Albella, fue correcto no suspender la cotización de la entidad ni en los meses previos a la resolución ni en los cuatro días anteriores, cuando se produjeron los retrocesos más bruscos de la acción de Popular.

"La posición que a este respecto mantuvieron los servicios técnicos, tras analizar en detalle todas las circunstancias, fue clara en el sentido de que no procedía suspender", ha apuntado el presidente de la CNMV, para quien, además, en ningún momento el supervisor apreció situaciones de desorden en el mercado de la acción o "graves asimetrías informativas", circunstancias que habitualmente dan lugar a una suspensión de la cotización.

"Entre diciembre de 2016 y fin de mayo de 2017 la evolución de la cotización puede considerarse bastante normal, incluido su sesgo descendente, totalmente coherente con las noticias negativas que se iban sucendiendo", ha apuntado.

Albella ha explicado que hasta el momento de la resolución la CNMV no tuvo conocimiento de la decisión, "al margen de que la suspensión no hubiera precisamente calmado las tensiones de liquidez que afectaban a la entidad, sino todo lo contrario".

LA EVOLUCIÓN DE CORTOS FUE ESTABLE

En cuanto a la operativa en corto sobre acciones de la entidad, Albella ha apuntado que "la evolución de las posiciones cortas se mantuvo básicamente estable durante esos seis meses", en referencia al periodo transcurrido entre su llegada al supervisor y la resolución de Popular (de diciembre de 2016 a junio de 2017).

De hecho, ha señalado, "en los siete días previos a la resolución, las posiciones cortas agregadas experimentaron una bajada de alrededor de un 2%, es decir, contribuyeron en sentido neto comprador en la negociación del valor". "La observación de que las posiciones cortas estaban bajando hacía menos pertinente o necesario pensar en una prohibición", ha concluido.

Albella ha explicado que desde 2012 en Europa solamente se habían prohibido las posiciones cortas en una entidad concreta en cuatro ocasiones -dos en Grecia y dos en Italia-- y en todos los casos se adoptaron las prohibiciones una vez que las entidades habían anunciado y puesto en marcha una ampliación de capital.

"En el caso de Popular, se sabía que el banco estaba buscando algún tipo de solución, pero realmente no se produjo ningún anuncio de ninguna de estas operaciones en concreto", ha recordado Albella, que ha explicado que la CNMV llegó a tener "preparados los papeles" para una prohibición en el caso de que la entidad anunciara una ampliación de capital.

En todo caso, ha señalado que durante su mandato ningún consejero de Popular solicitó al supervisor que se prohibiera la operativa en corto sobre acciones de la entidad.

En relación con una prohibición total de las ventas en corto, Albella ha recordado que están reguladas a nivel europeo y ha señalado que es "bastante razonable", dado que "no hay mercado desarrollado que no sea permisivo con operaciones en corto".

SÍ HUBO VENTAS EN CORTO EN DESCUBIERTO

No obstante, ha revelado que la CNMV ha identificado ventas en corto en descubierto, prohibidas en España, sobre acciones de Popular realizadas previamente a la resolución de la entidad, según ha explicado el presidente del organismo, Sebastián Albella.

Albella ha explicado a este respecto que la CNMV está realizando investigaciones para identificar compras o ventas de acciones de Popular con información privilegiada y sobre la evolución de la cotización y la operativa desarrollada sobre el valor.

En este sentido, ha contado que, hasta el momento, no se han identificado actuaciones manipuladoras o uso de información privilegiada, ni siquiera en las operaciones a corto, si bien se han identificado ventas en corto totalmente en descubierto, de lo que podrían derivarse "consecuencias sancionadoras".

Albella ha explicado que estas investigaciones han dado lugar a "innumerables" requerimientos de información y documentación en España y fuera del país, a raíz de lo cual la Dirección General de Mercados de la CNMV ha emitido varios informes.

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