El Tribunal Supremo le ha condenado a cuatro años y medio de prisión
El expresidente de Bankia Rodrigo Rato ha manifestado a Europa Press, tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo que le condena a cuatro años y medio de prisión por un delito continuado de apropiación indebida por el uso fraudulento de las conocidas como tarjetas 'black', que todavía no ha decidido si recurrirá dicha sentencia ante el Tribunal Constitucional.
"Todavía no tengo tomada ninguna decisión", se ha limitado a señalar Rato en contestación a la pregunta de Europa Press de si tiene previsto recurrir la sentencia al Tribunal Constitucional para frenar su entrada en prisión.
El Supremo ha confirmado la condena a cuatro años y medio de prisión del expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, y las de 63 exdirectivos y exconsejeros de Caja Madrid y Bankia, cuyas penas oscilan entre cuatros meses y cuatro años y medio de cárcel por el uso fraudulento de estas tarjetas con las que hacían pagos y obtenían efectivo y que eran opacas al fisco.
La sentencia del alto tribunal, que se ha dado a conocer este martes, ha confirmado la resolución dictada por la Audiencia Nacional el 23 de febrero de 2017, que dio por acreditado el gasto de más de 12,5 millones de euros entre los años 2003 y 2012, así como el uso personal de los plásticos a sabiendas de que era una práctica ilegal y de que causaron un quebranto al patrimonio de la caja extinta.
Las penas varían para algunos de los condenados al estimar el Supremo que la atenuante de reparación del daño que consignaron judicialmente las cantidades que extrajeron con la tarjeta debe ser la misma que los que ingresaron el dinero directamente a los perjudicados (FROB o Bankia). La Audiencia Nacional consideró que los que lo hicieron a través del juzgado debía ser una atenuante simple y no como muy cualificada, categoría que se atribuyó a quienes pagaron a las entidades.
Los magistrados del Supremo, en la misma línea que la Fiscalía y con la doctrina jurisprudencial, consideran que la calificación de atenuante que se aplica debe ser igual para todos los que han entregado las cantidades detraídas porque la Audiencia Nacional no hizo precisión alguna "acerca de la finalidad" de la cuantía de aquellos que la consignaron en el juzgado como fianza para atender responsabilidades pecuniarias derivadas en sentencia. Ante el silencio de la Audiencia Nacional, el alto tribunal no descarta que la intención de la consignación del dinero reclamado sea indemnizar a los perjudicados.
En el caso de Rodrigo Rato, para quien ha caído la máxima pena de los 64 procesados, se ha confirmado su condena, ya que el tribunal no ha aplicado ninguna atenuante de reparación del daño, aunque devolvió el dinero que utilizó con su tarjeta, porque su responsabilidad alcanzaría a una cantidad muy superior. Así se le reconoció la responsabilidad de forma solidaria de las cantidades fijadas para el resto de los acusados.