Ambos han infringido el artículo 50 al hacer anuncios desde sus cargos institucionales
La Junta Electoral Provincial ha estimado en sendas resoluciones que el candidato de Podemos a presidir la Comunidad de Madrid, Pablo Iglesias, y la candidata del PP, Isabel Díaz Ayuso, han incurrido en una infracción de la Ley Electoral por el uso de recursos públicos con fines electoralistas.
El organismo considera que la grabación de Pablo Iglesias desde su despacho de vicepresidencia en la que anunció su candidatura supone una infracción de la ley electoral, mientras que en el caso de Isabel Díaz Ayuso fue una rueda de prensa el mismo día, el 15 de marzo, en la que habló de logros de su gobierno y pidió el voto para su candidatura.
La Junta estima la denuncia del PP de Madrid contra el líder de Podemos por el vídeo que lanzó en redes sociales para anunciar su candidatura a la Presidencia de la Comunidad de Madrid al considerar que vulneraba "los principios de neutralidad, imparcialidad e igualdad".
Por tanto, aprecia que Iglesias incurrió en una infracción de lo establecido en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en su intervención grabada en que dio a conocer su decisión de presentarse a las elecciones de la Comunidad de Madrid.
Dicho artículo establece que "desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".
Por otro lado, las denuncias interpuestas contra Ayuso son varias, pero la Junta electoral solo estima una de ellas interpuesta por el PSOE, la referida a la rueda de prensa del 15 de marzo y desestima dos más: la comparecencia del 10 de marzo con el anuncio del adelanto de los comicios y la rueda de prensa del 17 de marzo cuando la presidenta comparece para anunciar ayudas directas a los comercios afectados por la pandemia.
Se trata de la rueda de prensa ofrecida el pasado 15 de marzo en la que hizo un repaso de sus logros frente a la pandemia y en la que llegó a pedir el voto incurrió en una infracción del mismo artículo de la Ley Electoral.
Los magistrados señalan que harán saber a Ayuso que "debería tener más cuidado para no incurrir en este tipo de actuaciones", y ordenan retirar la grabación de la publicación de esa rueda de prensa.
Finalmente, la resolución señala que no se iniciará expediente sancionador alguno contra la presidenta regional y candidata a revalidar su cargo al frente de la Presidencia de la Comunidad de Madrid.