El TS sustituye una prisión permanente revisable por 24 años de prisión al aplicarse indebidamente la agravante

Europa Press | 24 ene, 2019 14:59

El acusado asesinó en 2016 a un hombre que sufría discapacidad a consecuencia de un ictus

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha revocado la pena de prisión permanente revisable que impuso la Audiencia Provincial de Tenerife a un acusado de asesinato debido a que para imponerla se tuvo en cuenta una misma circunstancia -la vulnerabilidad de la víctima- para aplicarle dos agravantes distintas: por un lado la alevosía y por otro la específica que prevé el Código Penal para víctimas especialmente vulnerables por enfermedad o discapacidad. La sustituye por una pena de prisión de 24 años.

Se trata de la primera ocasión en la que el alto tribunal revisa una condena por prisión permanente revisable, si bien ésta se refiere tan solo a una cuestión técnica en la aplicación del precepto penal.

Los hechos de la sentencia se remontan a enero de 2016, cuando el acusado acudió al domicilio de la víctima, de 66 años, en Icod de los Vinos, y le asestó puñaladas y golpes con diversos objetos hasta causarle la muerte por la grave pérdida de sangre.

La víctima padecía una discapacidad consecuencia de un ictus sufrido hacía años, que le provocaba alteración del lenguaje y marcha inestable, por lo que su capacidad de reacción a estímulos era más lenta y torpe, según la sentencia de la Audiencia, que fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

(HABRÁ AMPLIACIÓN)

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