El silencio de la CNMV impide que los ETF gocen ya de una mejor fiscalidad

La fórmula de los traspasos está disponible si los brókeres adaptan sus operativas

  • Los comercializadores de ETF advierten de las dudas que tienen sobre cómo llevarlo a cabo
  • La fiscalidad y MiFID II son incentivos para que los fondos cotizados crezcan en España como en otros países
Óscar Giménez
Bolsamania | 14 feb, 2017 07:00 - Actualizado: 14:50
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La ventaja fiscal de los fondos de inversión sobre los ETF -fondos cotizados- amenaza con extinguirse y dar paso al debate entre la gestión activa y la pasiva que se ha producido en el resto de los mercados desarrollados. Hacienda ya se ha pronunciado al respecto. Pero ahora falta que los brókeres adapten sus operativas, para lo que señalan a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

La fiscalidad de los fondos ha sido una de las claves para su desarrollo en España. La Agencia Tributaria permite el diferimiento fiscal cada vez que el inversor cambie de un producto a otro mediante la fórmula de los traspasos. De esta forma, se pospone la tributación con el consiguiente beneficio que lo anterior produce para el bolsillo del contribuyente gracias al efecto a largo plazo del interés compuesto. Algo que no ocurre ni con las acciones ni con los ETF.

En el caso de estos vehículos, que están a caballo entre la liquidez de las acciones y el espíritu de inversión colectiva de los fondos, la fiscalidad ha sido siempre un 'pero' -o una 'excusa'- para su crecimiento en España, donde tienen un patrimonio “insignificante” en comparación con otros mercados desarrollados como el estadounidense, explica Fernando Luque, editor de Morningstar España. En este sentido, los 21 ETF que cotizan en la bolsa española tienen un patrimonio de algo más de 15.000 millones de euros.

Actualmente, los inversores de fondos cotizados que deseen cambiar de vehículo tienen que vender el primero para comprar el segundo. Igual que con las acciones, esto exige un peaje fiscal, ya que se tributa en la declaración de la renta por cada movimiento de desinversión en un ETF que se tenga en cartera. Pero la imposibilidad de hacer traspasos no es una penalización que llegue desde Hacienda. En octubre la Dirección General de Tributos (DGT) fue clara en este sentido: los traspasos están disponibles para los ETF registrados en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que coticen en una bolsa europea que no sea la española.

El visto bueno desde Hacienda, por lo tanto, existe. Lo que falta es que los brókeres tengan una 'guía técnica' desde la CNMV para que se lancen a adaptar su operativa con el fin de ofrecer a sus clientes los traspasos. Más allá de la discriminación sobre los ETF que cotizan en la bolsa española a falta de que la DGT se pronuncie sobre una nueva consulta que hay en marcha al respecto, los únicos requisitos son que el fondo cotizado tenga al menos 500 acciones y que el contribuyente no haya participado en más del 5% del capital durante los últimos 12 meses.

Es posible aplicar la nueva fiscalidad, pero la respuesta de Tributos deja la cuestión en el aire. Todo son dudas sobre cómo adaptar nuestra operativa

Es decir, la ventaja fiscal de los fondos está disponible para la mayoría de inversores que deseen comprar ETF. Sólo falta un paso, pero este puede ser el más complejo. “Es posible hacerlo, pero la respuesta de Tributos deja la cuestión en el aire. Todo son dudas sobre cómo adaptar nuestra operativa”, explican a 'Bolsamanía' desde un bróker de ETF.

En esta entidad hacen referencia especialmente a que el pronunciamiento de tributos se refiere a las operaciones realizadas a través de “comercializadoras inscritas en la CNMV”. Por ejemplo, con BlackRock figuran 140 entidades comercializadoras. Mientras que con iShares, su división de ETF, sólo Allfunds. La razón es que no es necesario este registro para ser bróker de fondos cotizados. “No sabemos si podemos registrarnos como comercializadores y a qué nos compromete eso: qué consecuencias tiene sobre requisitos de información y operaciones, si tendremos que aplicar la traspasabilidad a todos los clientes nuevos y si también a los antiguos”, exponen en otro bróker donde también ofrecen a sus clientes fondos cotizados, y que prefiere no ser citado. “Es posible aplicar la nueva fiscalidad y se aplicará. Estamos encantados con que esté disponible la eficiencia fiscal de los fondos, que interesa a nuestros clientes y para nosotros no es ningún perjuicio, con lo que si se incentiva la inversión será bueno para nosotros. Pero el cambio de la operativa es complejo y necesitamos que nuestro regulador se pronuncie sobre las cuestiones técnicas, y en función de eso tardaremos más o menos en adaptarnos”, añaden.

En este sentido, desde ambas entidades hacen referencia al cuaderno 334 sobre fondos de inversión que Inverco creó hace más de una década para dejar claros los requisitos y la operativa para aplicar los traspasos en estos vehículos. De hecho, el registro no es la única duda para los fondos cotizados. La retroactividad es otra de las claves, ya que explican que necesitan saber si el registro fiscal se debe construir a partir de ahora o si hay que reconstruirlo con las operaciones pasadas para los clientes que tienen saldo vivo en ETF. Asimismo, señalan que actualmente un mismo ISIN, que es el código internacional de cada vehículo, puede cotizar en diferentes bolsas y en algunos casos se aplicaría la traspasabilidad y en otros no -por ejemplo si cotiza en Madrid-, lo que supone un elemento más que complica la adaptación del sistema operativo de los brókeres.

Estamos preparando los desarrollos pertinentes. Queda algún fleco pendiente por parte de la CNMV, pero trataremos de anticiparnos al resto de competidores

Así, aseguran estar en “modo espera” mientras señalan que se están produciendo consultas desde la industria con el regulador, aunque oficialmente la CNMV guarda silencio. “En función de que se especifiquen las reglas del juego, adaptaremos la operativa”, insiste una fuente. En otra firma, por su parte, hay más optimismo: “Estamos preparando los desarrollos pertinentes. Queda algún fleco pendiente por parte de la CNMV, pero trataremos de anticiparnos al resto de competidores”.

EL IMPULSO DE LOS ETF

La regulación de la industria de la gestión de activos y el asesoramiento cambiará a partir de 2018 con MiFID II, la transposición de la directiva europea sobre mercados financieros. En este sentido, un informe elaborado por EFPA y por el IEB explica que la mayor transparencia que exigirá esta normativa pondrá el acento en los costes, lo que provocará un auge de los fondos con menores comisiones y de los ETF.

Así, los próximos meses podrían ver el desarrollo con retraso frente a otros países de los fondos cotizados. “En España no han crecido porque a los bancos no les interesa, ya que tienen menores comisiones de gestión. Pero aunque la fiscalidad ha sido un freno, si es una inversión a largo plazo puede compensar al inversor comprar ETF”, opina Luque. Un argumento que comparte Martín Huete, veterano de la industria y embarcado ahora en el gestor automatizado Finizens: “Son una alternativa para salir del circuito bancario, donde se crea poco valor en los fondos”.

Por lo pronto, los asesores y selectores de fondos de terceros para carteras de clientes particulares consultados por 'Bolsamanía' confirman en su mayoría que si se iguala la fiscalidad a la de los fondos de inversión seleccionarán también ETF. Firmas como ATL Capital, Andbank, Renta 4, Diaphanum o DiverInvest se pronuncian en este sentido: “Los fondos pueden hacerlo mejor o peor que el mercado, pero la ventaja de los ETF es que lo hacen igual que el índice a un menor coste”, afirma Xavier Fonollosa, estratega de inversión de DiverInvest.

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