Es un "buen momento" para compensar las pérdidas generadas en un fondo de inversión
La recta de final de año puede ser una buena oportunidad para poder ahorrar dinero en la próxima declaración de la renta. Así, el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) asegura que siguiendo una serie de consejos se puede reducir su cuantía hasta 4.277 euros.
La adquisición de un vehículo eléctrico o instalar un sistema de recarga de baterías puede desgravar hasta 3.000 euros, que incluye una deducción del 15% si realizan una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de compra de un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos), o si la han realizado desde el 30 de junio de 2023.
También el contribuyente puede desgravar el 15% de la inversión de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad, realizada igualmente entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
Existen tres importantes deducciones, vigentes desde el 6 de octubre de 2021 a 2023, para obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas habituales, alquiladas o en expectativa de alquiler si se arrendan antes del 31 de diciembre de 2024. En primer lugar, se deduce un 20% hasta un máximo de 5.000 euros de las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023 que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración.
En segundo lugar, desgravan un 40% hasta un máximo de 7.500 euros de las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023 que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejore la calificación energética de la vivienda a una clase energética «A» o «B».
La tercera implica una deducción del 60% sobre 5.000 euros anuales, hasta un máximo total de 15.000 euros acumulados que se pueden deducir en los cuatro ejercicios siguientes por obras de mejora de la eficiencia energética del edificio que, igualmente, reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejore la calificación energética a una clase energética «A» o «B».
Gestha afirma que en los últimos meses del año conviene hacer aportaciones a los planes de pensiones o a los planes de previsión asegurados para lograr un ahorro fiscal en la declaración de la Renta del próximo año. Es necesario tener en cuenta que la aportación máxima a los planes individuales bajó de 8.000 euros en 2020 a 2.000 euros en 2021 y a 1.500 euros en 2022, que se mantienen en 2023.
El límite anterior se puede incrementar en 8.500 euros, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a unos límites basados en la contribución empresarial. Por lo tanto, se debe "aprovechar la recta final del año para hacer aportaciones hasta agotar el límite", aconseja la organización.
En cuanto a la vivienda habitual, existe una deducción por compra y rehabilitación de la vivienda para quienes compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 siguen disfrutando de la desgravación. La entidad sindical señala que "puede resultar interesante" realizar un pago adicional -de 4.960 € de media- para amortizar parcialmente la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 744 euros adicionales.
Para quienes hayan vendido su casa este año las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta, en función de su cuantía, entre el 19% y el nuevo tipo del 28% para rentas de ahorro y ganancias superiores a 300.000 euros. Para reducir esta cuantía, se debe reinvertir total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago.
Hasta 2022 sólo las madres trabajadoras se podían beneficiar de esta deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Esta se podía perder en los casos de ERTE COVID o si entraban en el desempleo, situación que fue solventada.
Para poder obtener este beneficio, se debe cumplir simultáneamente que las mujeres que tengan hijos menores de tres años con derecho a aplicar el mínimo por descendientes, o, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes de la adopción o acogimiento preadoptivo o permanente y que, en el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales de desempleo, o que en ese momento estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, o posteriormente con un mínimo de 30 días cotizados.
Respecto a las acciones, Gestha avisa de que el final de año es un "buen momento" para hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas en un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. Es importante recordar que no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses anteriores o posteriores a la venta.
Asimismo, se debe tener en cuenta que los contribuyentes que prevean que sus rendimientos netos del trabajo serán inferiores a 19.747,5 euros (antes sólo era para los inferiores a 16.825 euros) deben vigilar, en la medida de lo posible, que no tengan rentas de otro tipo, ya que perderían la reducción de rendimientos del trabajo que puede llegar hasta los 6.498 euros.
Los técnicos recuerdan que los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales en el territorio común.
Por su parte, los donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción, permiten deducir el 80% para los primeros 150 euros y el 35% para los importes restantes, que llega al 40% si en los dos años inmediatos anteriores se dona a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, limitada a una aportación máxima del 10% de la base liquidable.
El cambio más importante de 2023 se ha producido en esta deducción para amigos y familiares de tercer grado de los emprendedores, que aumenta al 50% (antes era un 30%) de la inversión en la cuota estatal del IRPF al suscribir las acciones o participaciones de una sociedad nueva o reciente creación. La base máxima de la deducción se amplía a 100.000 euros anuales (antes era 60.000 euros), limitada a una participación, junto con su cónyuge y familiares hasta el segundo grado incluido, nunca superior al 40% del capital de la entidad.