Solo las empresas con ERTE por fuerza mayor tendrán prohibido despedir en seis meses

Además, el mantenimiento del empleo se aplica solo a los afectados por ese ERTE

  • La Dirección General de Tributos ha emitido un criterio interpretativo
Eduardo Segovia
Bolsamania | 14 abr, 2020 06:00 - Actualizado: 09:08
yolanda díaz (ministra de trabajo) portada
Yolanda Díaz (Ministra de Trabajo)

La prohibición de no despedir durante seis meses impuesta a las empresas que se acojan a un ERTE (expediente de regulación temporal de empleo) no será general, sino que solo se aplicará a los expedientes considerados por causa de fuerza mayor y no a los de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción derivadas del coronavirus. Asimismo, se podrá despedir a aquellos trabajadores no incluidos en el ERTE. La sanción por incumplir esta cláusula es abonar las cuotas de la Seguridad Social que se haya ahorrado la empresa.

La llamada "cláusula de salvaguarda del empleo" era una de las medidas más ambiguas de la apresurada redacción del Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo para favorecer la utilización masiva de esta figura en vez de los despidos durante la crisis del coronavirus. Por ello, CEOE solicitó una aclaración, que es lo que emitió el lunes la Dirección General de Trabajo.

El organismo que depende de Yolanda Díaz ha aceptado el criterio de la patronal al considerar que la penalización va ligada a la ventaja que se concede a los ERTE de fuerza mayor, que es la exención de las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores (total si la compañía tiene menos de 50 trabajadores; del 75% si tiene más). Es decir, solo tendrán prohibido despedir los que se ahorren las cuotas, que son exclusivamente los considerados por causa de fuerza mayor y no los ERTE 'normales' por la caída de la actividad derivada del coronavirus, que no tienen ninguna exención.

Siguiendo esa lógica, la citada cláusula solo se aplica a aquellos trabajadores afectados por el ERTE; en el caso de que no sea toda la plantilla, la empresa podrá despedir a todos los que no haya metido en el expediente temporal para suspender su contrato o reducir su jornada. Trabajo considera incluso que no se incumpliría esta obligación si se aplica a los incluidos en el ERTE siempre la empresa puede aducir motivos específicos de la empresa como la estacionalidad o "eventos concretos".

SÍ A LOS DESPIDOS DISCIPLINARIOS Y DE TEMPORALES

Más aún, no se entenderá incumplida "cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado como procedente, dimisión, jubilación o incapacidad permanente (...). En el caso de contratos temporales, el compromiso no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto o cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación".

Este compromiso de no despedir se extenderá durante los seis meses siguientes al fin del estado de alarma (de momento, el 25 de abril). ¿Y qué pasa si el empresario que ha solicitado un ERTE por fuerza mayor incumple esta cláusula? El Real Decreto no decía cuál sería la sanción y ahora Trabajo lo aclara: deberá pagar las cuotas de la Seguridad Social que se haya ahorrado en cada trabajador despedido.

ERTE CON VENTJAS Y SIN VENTAJAS

La distinción entre ERTE por fuerza mayor derivada del coronavirus y por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción derivadas del coronavirus es decisiva y está dando muchos quebraderos de cabeza a las empresas y a los servicios públicos de empleo, lo que ha provocado un importante atasco. En la declaración del estado de alarma el 14 de marzo se enumeraba una serie de locales donde no se podía acudir y, por extensión, se entendió que las actividades que se realizan en ellos quedaban suspendidas (no hay una lista de actividades prohibidas como tal).

Las empresas que realizan esas actividades prohibidas pueden acogerse a un ERTE por fuerza mayor -el Gobierno les ha cerrado el local- y las demás no, aunque sus ingresos hayan caído a cero. No obstante, hay una gran zona gris que queda a discreción del funcionario correspondiente.

PREVISIBLE INCREMENTO DE LAS SOLICITUDES

Además, el temor a no poder despedir durante seis meses y a no poder pagar los salarios si la economía tarda en recuperarse (como parece) ha provocado que muchos empresarios que tenían derecho a un ERTE por fuerza mayor se acogieran al ERTE de toda la vida (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) para no atarse las manos.

Pero otros muchos ni siquiera presentaron ese ERTE por miedo a tener que cumplir también esa cláusula, ante la inconcreción de la medida. Ahora ya queda claro que no deben tener ese temor y, aunque la aclaración llega un mes después, es posible que veamos un incremento de las solicitudes en los próximos días.

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