Yoigo tendrá que pagar una sanción de 300.000 euros
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 6,3 millones de euros a Telefónica y Yoigo por alcanzar “acuerdos que restringen la competencia”. Telefónica deberá hacer frente a 6 millones de euros, mientras que Yoigo deberá pagar los 300.000 euros restantes.
Según un comunicado enviado este martes, “la relación entre el importe de ambas multas guarda proporción con la dimensión y capacidad económica de ambas empresas, así como con el nivel de reproche y responsabilidad en el que cada una de ellas incurre respecto de las conductas sancionadas”. En ambos casos, indica el regulador, la sanción es inferior al 1% del volumen de negocio total de las compañías en 2014.
La sanción de la CNMC responde al acuerdo que las dos operadoras suscribieron en 2008, según el cual Yoigo podía utilizar la red móvil de Telefónica con las tecnologías 2G, 3G y 4G. “En la actualidad, alrededor del 50% del tráfico de los clientes de Yoigo se realiza a través de la red de Telefónica”, apunta el comunicado.
Según el regulador, el acuerdo “otorga a Telefónica un derecho de veto que impide a Yoigo revender a terceros la capacidad de red de Telefónica”, lo que “obstaculiza que Yoigo pueda prestar servicios mayoristas a operadores móviles virtuales y supone una restricción de la competencia”.
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ACUERDOS DE 2013
La CNMC también ha sancionado otro acuerdo, de julio de 2013, por el que Yoigo podía ofrecer a sus clientes productos minoristas de Telefónica
Asimismo, recuerda que, en julio de 2013, Yoigo y Telefónica firmaron un nuevo acuerdo por el cual Telefónica podía acceder a la red 4G de Yoigo. El consejo de la CNMC considera que este acuerdo “restringe la competencia ya que limita la independencia en cobertura y calidad” entre las dos compañías y “supone una disminución de la presión competitiva en relación con el uso de las redes 4G”. Además, señala que “no aprecia razones objetivas que justifiquen este acuerdo entre competidores en zonas donde ambos operadores han desplegado o pueden desplegar sus propias redes”.
La CNMC también ha sancionado otro acuerdo, de julio de 2013, por el que Yoigo podía ofrecer a sus clientes productos minoristas de Telefónica. Según indica, permitió a Yoigo “realizar de forma inmediata ofertas convergentes fijo-móvil y seguir ejerciendo una presión competitiva en el mercado”, aunque la limitación a la hora de captar a clientes de Telefónica supone una “restricción desproporcionada a la competencia”. El regulador tampoco aprueba que Telefónica pueda poner fin al contrato cada seis meses, lo que podía emplearse “como herramienta de presión frente a Yoigo, restringiendo su capacidad para planificar y consolidar su estrategia competitiva”.
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