La Justicia decreta el sobreseimiento definitivo de Indra en el 'caso Púnica'

La compañía ha informado a la CNMV de que este mismo jueves ha recibido la notificación del auto

Bolsamanía
Bolsamania | 08 jul, 2021 20:44
ep archivo   fachada de la sede de indra ubicada en madrid espana a 10 de septiembre de 2020 indra
Marta Fernández - Europa Press - Archivo

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decretado este jueves el sobreseimiento definitivo de las actuaciones de Indra relacionadas con la 'Operación Púnica'.

La compañía ha informado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de que este mismo jueves ha recibido la notificación del auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que decreta el sobreseimiento definitivo de las actuaciones respecto de la sociedad en el procedimiento de Diligencias Previas 85/2014, pieza separada 9 (conocido como 'Operación Púnica').

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, que instruye la causa 'Púnica', acordó el pasado mes de marzo el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra Indra como persona jurídica en la pieza separada número 9 en contra del criterio que sostenía la Fiscalía Anticorrupción.

En esa pieza se investiga la presunta financiación ilegal del PP de Madrid por medio del desvío de fondos de la Agencia de Informática y Comunicación (ICM) de la Comunidad de Madrid a través de dicha empresa.

En un auto con fecha de 23 de marzo, el magistrado acordaba esta medida al "no haber resultado la existencia de un incumplimiento grave de los deberes de control, vigilancia o supervisión por parte de la entidad, respecto de la actuación de su empleados y además, al haberse constatado la adopción y ejecución, antes de la comisión del delito, de un modelo eficaz de prevención supervisado por un órgano autónomo".

Indra había solicitado previamente el sobreseimiento al entender que, una vez realizadas todas las diligencias necesarias y pertinentes, se había acreditado que las conductas presuntamente realizadas por algunos de sus profesionales no podían ser atribuidas a la persona jurídica en su conjunto, además de que la compañía contaba con un modelo de cumplimiento normativo eficazmente implementado.

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