El grupo de aerolíneas considera que los británicos forman parte de la UE
IAG ha activado un blindaje contra los accionistas de fuera de la Unión Europea (UE), aunque no ha aclarado qué pasará con el aproximadamente 20% de accionistas británicos que poseen títulos de la compañía. El grupo de aerolíneas ha apuntado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que la propiedad de su capital social en manos de personas externas a la eurozona ha alcanzado el 47,5%.
Ante este porcentaje, que roza la mitad del total de acciones del grupo, el Consejo de Administración de IAG ha decidido establecer un máximo total permitido de títulos en posesión de agentes externos de la UE. Lo ha fijado en el 47,5%, por lo que desde este momento solo pueden comprar acciones aquellas personas que pertenecen a la UE.
Hay que recordar que la normativa europea exige que, al menos, la mitad del capital social esté en manos de accionistas comunitarios para que las aerolíneas no pierdan sus derechos de vuelo.
IAG CONSIDERA A LOS BRITÁNICOS PARTE DE LA UE
El grupo ha apuntado que los británicos "no son ni serán tratados como personas no UE", por lo que no quedan sujetos a las restricciones sobre la adquisición de acciones. Con esta puntualización, IAG da por sentado que, finalmente, Theresa May conseguirá sacar adelante el acuerdo sobre el Brexit.
Sin embargo, si la primera ministra británica vuelve a fracasar en el Parlamento británico y se produce una salida de Reino Unido sin acuerdo -tiene de plazo hasta el 29 de marzo- ese 20% de británicos pasarán a formar parte de los accionistas no UE y se superará el 47,5% fijado este lunes. Ante esta tesitura, podría forzar a vender a sus accionistas extracomunitarios para cumplir con la normativa europea y seguir operando dentro de la UE.
Como adelantó Bolsamanía, un 'Brexit duro' puede costarle 1.500 millones de euros a IAG, si pretende asegurar sus derechos de vuelo y comprar ese 20% del capital social que está en manos británicas.
En los estatutos del grupo de aerolíneas se estipula que el consejo puede suspender los derechos políticos de un accionista u obligarle a vender la participación en un plazo de 10 días. Además, si en el tiempo fijado por el consejo para que los accionistas se desprendan de esos títulos IAG no tiene la certeza de que se han vendido, podrá adquirirlos para su ulterior amortización.