El Gobierno compensará a Aena por los controles sanitarios en aeropuertos

Se establecerán mecanismos de seguridad para las personas que visitan nuestro país"

Irene Hernández
Bolsamania | 09 jun, 2020 14:02 - Actualizado: 14:30
ep controles de temperatura a pasajeros realizados en la terminal 4 del aeropuerto adolfo suarez
Oscar J. Barroso / Europa Press

El Gobierno va a compensar a Aena por la puesta en marcha de los controles sanitarios y operativos en los aeropuertos que gestiona. Así se establece en el Real Decreto que ha aprobado el Consejo de Ministros este martes por el que se regulan las normas de cara a la llamada 'nueva normalidad'.

Según ha explicado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, se ha habilitado" al gestor aeroportuario Aena y a Puertos del Estado para llevar a cabo medidas que permitan "garantizar la salud" tanto de los visitantes que lleguen a España como de los propios ciudadanos nacionales.

Además, ha asegurado que se les ha capacitado para "reforzar todo el personal que sea necesario para tomar y llevar a cabo estas medidas". Según ha detallado Illa, el Ejecutivo también ha establecido "mecanismos de cómo se va a compensar el desembolso que harán en primer lugar" ambos gestores en su labor de garantizar un acceso seguro a los pasajeros y a la propia población española.

En este Real Decreto aprobado para fijar las normas que regularán la 'nueva normalidad' una vez concluya el proceso de desescalada del confinamiento por la crisis sanitaria también se incluye que las aerolíneas, las navieras, Renfe y las empresas de autobús deberán mantener durante "un mínimo" de cuatro semanas los datos de los viajeros que transporten, con el fin de poder realizar una trazabilidad y contactar con ellos en el caso de que se detectara un caso de coronavirus entre los pasajeros de algún viaje.

La medida afecta a todos los transportes que discurran por más de una provincia o de conexión marítima o aérea, y que tengan asiento o plaza asignada. De esta forma, el texto da continuidad a la medida implantada desde que se inició la crisis sanitaria, por la que los distintos transportes que aún no lo hacían empezaron a obligar a los viajeros a proporcionar datos de contacto, como son el número de móvil o la dirección de correo electrónico, a la hora de comprar un billete.

El Real Decreto obliga ahora a los operadores de transporte a conservar estos datos durante cuatro semanas por si fuera necesario contactar con los pasajeros en la trazabilidad que se desarrollaría en el supuesto de detectarse un caso entre los pasajeros. La vigencia de la medida, al igual que la del resto del Real Decreto, es indefinida, dado que se mantendrá en vigor hasta que el Gobierno considere que se dan las circunstancias sanitarias que lo justifiquen.

El Real Decreto mantiene la obligación de llevar mascarilla a todos los viajeros de todos los medios de transporte, incluidos los públicos y privados realizados en vehículos de hasta nueve plazas, en este último caso, siempre que los pasajeros no conviven en el mismo domicilio. Respecto al transporte marítimo, esta obligación se adapta la obligación a las particularidades de este modo de transporte.

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