El Ministerio dice que es la sanción máxima que fijaba la Ley en ese momento y que actualmente ya se ha elevado
El Ministerio de Fomento ha impuesto una multa "conjunta y solidaria" de 15.000 euros a Castellana de Autopistas y a Iberpistas, ambas sociedades del grupo Abertis, por los "daños y perjuicios" ocasionados por el corte de tráfico que la autopista AP-6 registró el primer fin de semana de este año, cuando decenas de conductores quedaron bloqueados en la vía a consecuencia de una nevada.
El Departamento que dirige José Luis Ábalos indica que se trata de la sanción máxima que la Ley de Carreteras establecía para una infracción grave en el momento en que tuvo lugar el colapso, entre los días 5 y 8 de enero de este año.
Esta multa se suma a la de 1.200 euros que en mayo ya impuso a las filiales de Abertis la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas.
La multa impuesta ahora en virtud de lo establecido en la Ley de Carreteras sanciona la "negligencia de las empresas en la prestación de servicios a los usuarios, con consecuencias graves para la circulación, debido a la insuficiencia de los medios necesarios para asegurar la circulación de los vehículos, la inadecuada gestión de las restricciones del tráfico y de la transmisión de la información a los usuarios, durante los días 5 a 8 de enero de 2018, en las autopistas AP-6, AP-51 y AP-61".
Fomento recuerda que esta multa se impone en tanto el Gobierno acaba de aprobar un nuevo régimen sancionador para estos casos que multiplica por veinte esta multa máxima.
AUMENTO DE LA SANCIÓN
Según el Real Decreto Ley aprobado recientemente por el Consejo de Ministros, y que este jueves convalida el Congreso, las autopistas afrontarán multas de hasta 300.000 euros si se registran cortes en las vías de más de dos horas de duración dentro de en un mismo día.
Las nuevas multas también se aplicarán cuando, "por falta de previsión", incumplan los planes operativos que deben tener listos para actuar ante situaciones meteorológicas adversas o no cuenten con los medios necesarios para hacerlas frente.
También se impondrán estas sanciones cuando, en caso de darse dicha meteorología adversa, las concesionarias de las autopistas no faciliten información adecuada a los conductores o no adopten medidas oportunas para regular el tráfico.
Esta nueva normativa considera que dichos supuestos constituyen un "perjuicio significativo" para los usuarios de la vía con lo que pasan a considerarse infracciones muy graves, en vez de infracciones graves como hasta ahora.