Economía.- Los sindicatos hacen un llamamiento a los autónomos para secundar la huelga de transportistas

Europa Press | 17 oct, 2024 17:12
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Archivo - Colas de camiones en la NII, dirección Norte, a la altura de VilademúlsGlòria Sánchez - Europa Press - Archivo

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

CCOO y UGT han asegurado que la huelga para pedir la jubilación anticipada de los camioneros y conductores de autobuses también concierne a los autónomos que trabajan en el sector, por lo que les instan a apoyar y secundar la huelga que se llevará a cabo los días 28 de octubre, 11, 28 y 29 de noviembre, 5 y 9 de diciembre, y de forma indefinida a partir del 23 de diciembre.

Los sindicatos explican en un comunicado que el adelanto de la jubilación por peligrosidad de la profesión también se le aplicaría a los autónomos, por lo que también pueden unirse, aunque al no ser asalariados, se trataría de un cese temporal de su actividad.

"CCOO y UGT defienden el adelanto de la edad de jubilación tanto de personas asalariadas como de trabajadores autónomos. El mismo bloqueo que sufren las personas asalariadas del sector lo sufren también las personas trabajadoras autónomas a pesar de que sus derechos están recogidos por ley", aseguran.

En concreto, citan el artículo 26.4 de la Ley 10/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, que establece que "en atención a la naturaleza tóxica, peligrosa o penosa de la actividad ejercida, y en los términos que reglamentariamente se establezcan, los trabajadores autónomos afectados que reúnan las condiciones establecidas para causar derecho a la pensión de jubilación, con excepción de la relativa a la edad, podrán acceder a la jubilación anticipada, en los mismos supuestos y colectivos para los que esté establecido dicho derecho respecto de los trabajadores por cuenta ajena".

También contempla que "con carácter progresivo, se llevarán a cabo las medidas necesarias para que, de acuerdo con los principios que inspiran esta ley, se logre la convergencia en aportaciones y derechos de los trabajadores autónomos en relación con los establecidos para los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el régimen general de la Seguridad Social.

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