Economía.- La Eurocámara aprueba normas para obligar a las empresas a mitigar su impacto sobre DDHH y el medio ambiente

Europa Press | 24 abr, 2024 14:27
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Archivo - Banderas de la Unión Europea.GUILLAUME PERIGOIS/UIMP - Archivo

BRUSELAS, 24 (EUROPA PRESS)

El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado este miércoles las nuevas normas que obligarán a las empresas y a sus socios en toda la cadena de suministro a evitar, poner fin o reducir su impacto negativo sobre los derechos humanos y el medio ambiente.

Entre estas repercusiones figuran la esclavitud, el trabajo infantil, la explotación laboral, la pérdida de biodiversidad, la contaminación y la destrucción del patrimonio natural, que ahora quedarán sujetas a sanciones después de que los eurodiputados hayan apoyado la directiva de diligencia debida sobre sostenibilidad corporativa (CSDDD, por sus siglas en inglés) con 374 votos a favor, 235 en contra y 19 abstenciones.

Las normas se aplicarán a las empresas y matrices con más de 1.000 empleados y un volumen de negocio mundial superior a 450 millones de euros. También quedarán cubiertas las empresas con acuerdos de franquicia o licencia en la UE que conlleven una identidad corporativa común con una facturación superior a 80 millones de euros si al menos 22,5 millones proceden de cánones. Las empresas de fuera de la UE, matrices y las compañías con acuerdos de franquicia o licencia en la UE que alcancen esos umbrales de facturación en la UE también quedarán cubiertas.

Estas compañías tendrán que integrar la diligencia debida en sus políticas, realizar las inversiones pertinentes, pedir garantías contractuales a sus socios, mejorar su plan de negocio o prestar apoyo a las pymes con las que trabajan para asegurarse de que cumplen las nuevas obligaciones y adoptar un plan específico que garantice que su modelo de negocio cumplirá con la limitación del calentamiento global a 1,5°C.

Para los incumplidores, las nuevas normas prevén la denuncia pública y multas económicas de al menos el 5% de la facturación neta mundial para las faltas más graves. Además, establecen que las empresas serán responsables del incumplimiento de sus proveedores para indemnizar por daños y perjuicios.

Una vez completados los pasos formales de la adopción, los Estados miembro tendrán dos años para incorporar las disposiciones de la directiva a su legislación nacional, que se aplicará gradualmente a las empresas de la UE y a las de fuera que alcancen ciertos umbrales de facturación.

A partir de 2027, se aplicará a las empresas con más de 5.000 empleados y un volumen de negocio mundial superior a 1.500 millones de euros; a partir de 2028, a empresas con más de 3.000 empleados y 900 millones de facturación y, a partir de 2029, para el resto de empresas, incluidas aquellas con más de 1.000 empleados y un volumen mundial de negocios superior a 450 millones de euros.

Estos umbrales suponen una rebaja respecto a la ambición inicial del texto, que englobaba a compañías europeas con más de 500 empleados y una facturación mundial neta de más de 150 millones de euros y a aquellas con más de 250 empleados y una facturación superior a 40 millones si al menos la mitad procedía de sectores específicos como el textil, la agricultura o la pesca.

Así lo recogía el acuerdo alcanzado en diciembre por el Consejo y el Parlamento, después de que un total de 14 países, entre ellos Alemania, Francia o Italia, expresase reparos sobre el texto, por lo que se decidió limitar el ámbito de aplicación de la directiva para que afectase a menos empresas.

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