Economía.- (AMP2) El Supremo condena por conducta negligente a los exdirectivos de Ono por el 'fraude del IVA'

Europa Press | 20 abr, 2023 19:23

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la condena por conducta negligente a los tres principales exdirectivos de Ono por el caso conocido como 'fraude del IVA' en el proceso abierto tras una denuncia de Vodafone después de comprar la compañía.

El Tribunal Supremo ha refrendado la condena al expresidente de Ono, José María Castellano, a la ex consejera delegada, Rosalía Portela, y al ex director financiero de la empresa, Carlos Sagasta, a quienes insta a abonar los importes de IVA entre el 30 de abril de 2014 y el 31 de agosto de 2014, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Desde el equipo jurídico de los acusados se ha remarcado a Europa Press que, antes de abonar la indemnización, Vodafone deberá acreditar que se pagaron facturas a empresas involucradas en el fraude y que el monto total no superará los seis millones de euros, aunque aún no ha sido establecido oficialmente.

Asimismo, el pago a abonar por Castellano sería finalmente menor, ya que renunció a su puesto a finales de julio de 2014.

El caso ha tardado en dirimirse varios años en los tribunales y se remonta a un fraude detectado por la Agencia Tributaria (AEAT) en 2014. Tras conocerse el fraude, Vodafone denunció a la cúpula de la operadora de cable por falta del deber de diligencia, la infracción de los deberes de lealtad, al ocultar a la sociedad matriz su implicación en el fraude, y los daños ocasionados a la compañía.

La deuda con la Agencia Tributaria descubierta ascendió a 72,5 millones de euros en tres años, contando intereses, recargos y sobrecostes internos, según explicó el operador en su demanda a los directivos.

El Supremo ha respaldado así en líneas generales el fallo previo de la Audiencia Provincial, si bien ha estimado un recurso de los acusados y ha rebajado en tres meses el cómputo final para tener en cuenta la multa, ya que anteriormente debían abonar el IVA en el periodo comprendido entre febrero y agosto.

El fraude en la empresa no se tradujo tampoco en ningún tipo de enriquecimiento por parte de los acusados, según remarcan también desde el equipo jurídico de estos, que además señalan que fueron los directivos quienes alertaron a Vodafone de lo que ocurría.

EL FRAUDE

La Agencia Tributaria puso en conocimiento de los indicios de fraude a una empleada de CableEuropa, filial de Ono, el 4 de febrero de 2014. Ese mismo día, la empleada trasladó a sus superiores cómo funcionaba un fraude carrusel de IVA impulsado por varios proveedores.

En el correo, según recoge el Supremo, "daba los nombres de los proveedores implicados que le habían facilitado los inspectores, con indicación de que podría haber más". El fraude está relacionado con la reventa de llamadas internacionales.

Posteriormente, el 30 de abril --día fijado para el inicio de la sanción por parte del Supremo--, los inspectores de la AEAT se reunieron con los directivos de CableEuropa para presentarles el caso, tras anunciarle su intención de abrir una inspección.

En la sentencia, se hace referencia a que la ex consejera delegada defendió en la reunión que no creía que hubiera pruebas concluyentes y que se mantendrían los servicios de reventa para evitar perder cuota de mercado.

No obstante, investigaciones posteriores a nivel interno acabaron motivando que Vodafone colaborara y firmara el acta de conformidad. Tras esto, Vodafone interpuso la demanda, que inicialmente cifraba los daños en más de 140 millones de euros y ha ido rebajando al superar distintas instancias.

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