Los afectados deben acudir a la vía judicial, ya sea civil o penal
La confirmación por parte del Tribunal Supremo de dos sentencias que anulaban la compra de acciones en la salida a bolsa de la Bankia abre la puerta a nuevas reclamaciones de los clientes de la entidad. Pero, ¿qué deben hacer los afectados por la salida a bolsa para recuperar su dinero?
A diferencia de lo que ocurrió con las preferentes, la única manera de reclamar es por vía judicial, ya sea civil o penal, ya que no se ha abierto un arbitraje de consumo que permita recuperar la inversión sin pasar por los tribunales, explica El Mundo. Los afectados con sentencias favorables han podido recuperar el 100% de la inversión más los intereses legales.
Para los inversores que optaron por la vía civil para reclamar cantidades inferiores a los 6.000 euros, los plazos oscilan entre dos y seis meses
¿QUIÉN PUEDE RECLAMAR?
Esta reclamación puede ser presentada por cualquier inversor minorista o profesional que comprara acciones de Bankia desde su oferta pública de suscripción (OPS), entre julio de 2011 y el 25 mayo de 2012, fecha en la que el nuevo equipo gestor publicó las cuentas reformuladas de la entidad, que arrojaban unas pérdidas de 2.979 millones de euros, o hasta el 30 de abril de 2012, fecha en la que el banco no presentó a la CNMV sus cuentas auditadas.
Para los inversores que optaron por la vía civil para reclamar cantidades inferiores a los 6.000 euros, los plazos oscilan entre dos y seis meses. En el caso de aquellos que invirtieron más dinero, puede demorarse hasta un año. Por la vía penal, la sentencia puede tardar hasta dos años.
ACCIONISTAS MINORITARIOS
Además de la vía penal, abierta por UPyD en 2012, los accionistas pueden reclamar por la vía civil. El procedimiento se puede plantear pidiendo la nulidad del contrato, alegando un error en el consentimiento o bien falsedad documental. El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu considera que existen indicios de que la información incluida en el folleto de la salida a bolsa estaba falseada, el mismo argumento que ha avalado el Tribunal Supremo este miércoles.
Los afectados también pueden denunciar por la responsabilidad patrimonial del Estado por dejación de funciones del Banco de España y la CNMV
Los afectados también pueden denunciar por la responsabilidad patrimonial del Estado por dejación de funciones del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o dirigirse contra Deloitte, el Auditor de Bankia. No obstante, los expertos desaconsejan esta opción para los accionistas minoritarios.
CÓMO PRESENTAR LA DEMANDA
Para evitar que prescriba el delito, los abogados aconsejaban denunciar antes del 25 de mayo de 2015, fecha en la que se cumplían tres años desde que se reformularon las cuentas de Bankia. Este es el plazo de prescripción de la responsabilidad por la información que contenía el folleto de la salida a bolsa, pero el plazo puede prolongarse un año más (hasta el 25 de mayo de este año), o incluso 15 años, en función de cómo se interprete la ley y el tipo de acción judicial.
Para reclamar, los accionistas minoritarios deben presentar el extracto de liquidación de la cuenta de valores desde el 1 de julio de 2011 o el recibo de liquidación por la compra de las acciones de Bankia. En caso de que el demandante haya vendido una parte o todas las acciones, también habrá que presentar el recibo de venta de estos títulos.
Algunos juzgados rechazaron en un primer momento las demandas colectivas que pedían la nulidad del contrato. Sin embargo, con la denuncia de la falsedad del folleto, las demandas colectivas tienen más posibilidades de prosperar. En el caso de las empresas, se aconseja presentar una demanda individual.
Bankia lleva tiempo provisionando fondos para hacer frente al proceso judicial por su salida a bolsa. Según los cálculos de la entidad, las sentencias podrían tener un coste superior a los 1.800 millones de euros.
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SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha rechazado este miércoles dos recursos presentados por Bankia contra decisiones de distintos juzgados que se inclinaron por decretar la nulidad de las órdenes de suscripción de acciones de la entidad con ocasión de la oferta lanzada en 2011, al considerar que la información que constaba en el folleto de la salida a Bolsa no reflejaba la verdadera situación económica del banco. El Supremo ha confirmado, por tanto, la anulación de la suscripción de acciones en ambos casos, según ha informado Europa Press.
La resolución confirma que hubo un error en el consentimiento por parte de los adquirientes debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública
El alto tribunal ha desestimado todos los motivos de los recursos y ha rechazado además que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional por la salida a bolsa de la entidad, en la que está imputado el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, pueda paralizar las reclamaciones individuales en vía civil. La resolución confirma que hubo un error en el consentimiento por parte de los adquirientes debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública.
Se confirman de este modo dos decisiones judiciales, procedentes de Asturias y Valencia. También habrá que determinar si procede o no aplicar la conocida como 'prejudicialidad penal', es decir, si los magistrados que ahora instruyen demandas civiles de afectados por la caída del valor de sus títulos deben o no esperar a que la Audiencia Nacional dicte sentencia sobre el caso.
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¿QUÉ IMPACTO TENDRÁ LA DECISIÓN DEL TS?
Nuria Álvarez, analista de Renta 4, señala, en declaraciones a Bolsamanía, que “la noticia, como tal, positiva no es” para Bankia, ya que “sienta un precedente para que otros clientes hagan lo mismo” y “deja la puerta abierta para que otros clientes presenten más reclamaciones”. No obstante, considera que “no debería suponer una sorpresa” y no implica un “impacto económico adicional”, porque la entidad ya había calculado los costes totales y había hecho las provisiones necesarias para cubrir las demandas por la salida a bolsa, incluso en “el caso más desfavorable”.
Daniel Pingarrón, estratega de IG, no observa “ningún comportamiento destacado” en la cotización de las acciones tras conocerse la noticia este miércoles. A su juicio, esto se debe a que “no cambia nada, sólo es la ratificación de una condena”.
Por su parte, Felipe López Gálvez, analista de Self Bank, insiste en que “no afectará a los ratios de capital de Bankia, ya que la entidad provisionó hasta 1.840 millones de euros ante esta posibilidad”. En cuanto al precio de sus acciones, afecta “en la medida en que parte del mercado esperaba que nunca tuviera que realizar dicho desembolso completamente”.
Al cierre de la sesión de este miércoles, las acciones de Bankia han caído un 0,86%, hasta 0,92 euros.
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