La organización solicita a las Juntas Electorales de zona que flexibilicen sus criterios
La convocatoria de elecciones generales el próximo 23 de julio ha trastocado muchos calendarios. La celebración de los comicios en pleno verano, coincidiendo con las vacaciones de buena parte de la población, ha causado que algunos ciudadanos se pregunten qué va a pasar con sus viajes y reservas ya pagadas en caso de que les toque formar parte de una mesa electoral.
Según la Organización de Consumidores y Usuarios, los ciudadanos que son elegidos para formar parte de una mesa electoral, y ya tenían unas vacaciones previamente contratadas para esa fecha, tienen hasta siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona cuál es la causa justificada que les impide la aceptación del cargo, acompañando a la citada solicitud, la documentación que acredita la misma, como la reserva de hotel o la compra de un billete de avión o de tren.
La OCU también ha solicitado a las Juntas Electorales que flexibilicen sus criterios de admisión y entiendan que las vacaciones son un evento familiar de especial relevancia, que resulta inaplazable y que en caso contrario puede provocar un perjuicio económico importante, tanto si el interesado es nombrado miembro de la mesa electoral como si lo es algún miembro de su familia con los que planeaba las citadas vacaciones.
La Organización recuerda que es importante cumplir con los plazos y formalidades, para evitar un perjuicio mayor, ya que eludir los mismos puede suponer un delito, con grave repercusión en nuestro patrimonio.
Ante esta situación, la organización considera que es momento de modificar el artículo 27 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General a fin de que se dote de voluntariedad al nombramiento de presidente y vocales de las mesas electorales.
Asimismo, OCU solicita que se dicte una Instrucción por parte de la Junta Electoral Central, en ejercicio de la potestad atribuida por la Ley, que establezca criterios unificados sobre excusas de participación en las Mesas Electorales.
En caso de que la Junta Electoral deniegue la excusa alegada por los nombrados, OCU recuerda que estaríamos ante un supuesto de fuerza mayor, ya que se trata de una obligación legal, imprevista e imprevisible y que, por tanto, se pueden cancelar las vacaciones sin penalización económica. Para ello, no es necesario tener un seguro de viajes contratado, por ser una circunstancia extraordinaria que obliga a las partes a restituirse en sus prestaciones por aplicación del Código Civil.
Los afectados deberán acompañar a la solicitud de cancelación, la resolución de la Junta Electoral de la designación como miembro de la mesa electoral, así como la resolución por la que se deniega la excusa.
Asimismo, OCU recuerda que esta situación excepcional aplica para el nombrado y para el resto de miembros de la unidad familiar, si la reserva se realizó conjuntamente, por lo que la causa de fuerza mayor se debe extender a todos los viajeros que habían planificado en grupo dicho viaje.
OCU ha solicitado a las agencias de viajes, compañías aéreas, hoteles y demás empresas del sector, una "especial consideración y sensibilidad en estas situaciones", ofreciendo el reembolso de los viajes contratados u otras opciones de cancelación flexible, a elección del consumidor.