Siete consejos para pagar menos IRPF

Con la llegada del fin de año llega el momento de analizar nuestro balance anual

  • Vender la casa antes o después de tener 65 años puede suponer una gran diferencia
  • En caso de despido si acudimos al SMAC puede que la indemnización quedé exenta
Bolsamanía
Bolsamania | 23 nov, 2015 15:46 - Actualizado: 18:33
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No hace ni un sólo año desde que vio la luz la nueva reforma fiscal del Gobierno, en ella se cambió, entre otros, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aquí te explicamos los puntos más importantes para que puedes ahorrar todo el dinero que puedas a través de los impuestos.

Cuando llega el fin de año es hora de echarla vista atrás y analizar nuestra vida económica y como nos pueden afectar los impuestos, sumado a la nueva reforma fiscal se hace más necesario que nunca conocer los detalles que nos pueden hacer ahorrarnos una buena suma de dinero en el futuro. Según un informe de El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano perteneciente al Colegio de Economistas, estás son las claves para pagar menos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por su puesto, no se han recogido todos los casos posible sino lo más habituales o interesantes.

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En caso de despido laboral es importante acudir al SMAC para que la indemnización pueda
quedar exenta

En caso de despido. En caso de despido laboral es importante acudir al SMAC para que la indemnización pueda
quedar exenta. Si ha sido despedido de una empresa habiendo cobrado una indemnización exenta, en el caso de que la misma empresa u otra vinculada le quiera contratar antes de que transcurran tres años desde que fue despedido, le conviene hacer números para tener en cuenta el coste fiscal de la tributación de la renta que dejó exenta.

Derecho de crédito. Si sospecha que no va a poder cobrar un derecho de crédito que no proceda de la actividad
económica, y aún no lo ha reclamado judicialmente, lo mejor será hacerlo en 2015 y, de
esta forma, ya en 2016 podrá computar la pérdida en su IRPF.

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Vender la casa habitual. Si tienes pensado vender tu casa y tienes una edad cercana de 65 años lo ideal sería esperarse hasta alcanzar esa edad. Con 65 años la ganancia patrimonial obtenida está exenta de tributación en el IRPF. Además, se tiene a esa edad derecho a una exención de hasta 240.000 euros al obtener una plusvalía si destinan el beneficio de una renta vitalicia.

Tipos General al 25%. Actualmente el tipo general se sitúa en el 28% mientras que en 2016 y siguientes será del 25%, por lo tanto, es más interesante agotar la posibilidad de compensar las bases negativas en 2015.

Actualmente el tipo general se sitúa en el 28% mientras que en 2016 y siguientes será del 25%

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Pensiones o trabajo en el extranjero, En caso de estar cobrando pensiones de un país extranjero, no se le olvide que en el IRPF ha de tributar por la renta mundial y, por lo tanto, con bastante probabilidad tendrá que incluir dichos rendimientos. En cuanto al empleo en el exterior, si su empresa le ha planteado la posibilidad de enviarle a trabajar ocasionalmente al extranjero, le conviene hacer cuentas considerando la posibilidad de aplicar la correspondiente exención.

Ganancias Patrimoniales. En caso de haber tenido en 2015 ganancias patrimoniales por transmisión de elementos patrimoniales (inmuebles o acciones, por ejemplo), podemos rebajar el coste del IRPF transmitiendo otros elementos patrimoniales en los que tengamos pérdidas latentes, incluso aunque se trate de valores adquiridos con menos de un año de antelación, ya que estas pérdidas se restarán de las ganancias anteriores.

Nuevas empresas. Podemos reducir la factura fiscal por el IRPF de este año si invertirmos en empresas de reciente creación. La rebaja puede llegar hasta el 20% de las cantidades satisfechas por suscripción de participaciones en estas entidades y sometidas a una serie de requisitos.

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