El PP lleva al Constitucional los Presupuestos de 2021 por el Impuesto sobre Patrimonio

"España es el único país que mantiene el Impuesto de patrimonio en la Unión Europea"

Bolsamanía
Europa Press | 26 mar, 2021 13:44 - Actualizado: 13:49
ep la portavoz del pp en el congreso de los diputados cuca gamarra 2i y la vicesecretaria sectorial
EUROPA PRESS/E. Parra. POOL - Europa Press

El PP ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2021 por las modificaciones incluidas en las cuentas vigentes en el Impuesto sobre Patrimonio, un impuesto "de carácter confiscatorio" según lo define el partido que lidera Pablo Casado. La nueva modificación estipula una subida del 2,5% al 3,5%, así como la supresión de su carácter temporal por "indefinido".

No tiene sentido que un impuesto en vías de extinción a nivel mundial se convierta en indefinido", aseguran los 'populares'.

Consideran inconstitucional la eliminación del carácter temporal de este impuesto, calificado como tal desde su recuperación en 2011, argumentando que la Ley de Presupuestos no puede crear impuestos y, al convertirlo 'de facto' en indefinido, está creando un nuevo tributo.

Finalmente, el PP sostiene que "España es el único país que mantiene el Impuesto de patrimonio en la UE, y el único de la OCDE en el que convive con otras cargas que inciden sobre el ahorro". Si bien aclaran que "Noruega, Suiza y Holanda también lo mantienen", añaden que en su caso cumple una función de sustitución frente a otros tributos "o se integra en el IRPF".

VULNERACIÓN DEL ART. 31 DE LA CONSTITUCIÓN

Para la formación política, el aumento a un tipo máximo del 3,5% "hace que en algunos casos y teniendo en cuenta la incapacidad de generar rendimientos de ciertos patrimonios, deba abonarse con una liquidación y reducción del patrimonio personal".

Así, desde su punto de vista, vulnera el artículo 31 de la Constitución del principio de capacidad económica. Además, recuerda que el Tribunal Constitucional considera que un tributo también es individualmente confiscatorio cuando somete a gravamen una riqueza irreal, inexistente o ficticia.

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