La comisión de CaixaBank a los no clientes por usar sus cajeros es legal

Adicae presentó una demanda en octubre, que ha sido desestimada, para devolverles la comisión

  • El fallo niega que fuese una práctica abusiva porque la normativa lo reconoce
  • Adicae estima el importe total cobrado entre marzo y septiembre en unos 16 millones de euros
Bolsamanía
Europa Press | 06 may, 2016 19:39 - Actualizado: 19:58
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La comisión que Caixabank cobró a los no clientes por usar sus cajeros es legal, tal y como ha dictado un juez. Así, el Juzgado Mercantil 3 de Barcelona ha desestimado la demanda que Adicae presentó en octubre para reclamar que la entidad devolviese a los no clientes la comisión de dos euros que les cobró entre marzo y septiembre de 2015 por sacar dinero de su red de cajeros.

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El fallo, de este mismo viernes y consultado por Europa Press, niega que fuese una práctica abusiva porque la normativa reconoce que la retirada de efectivo por un no cliente es un servicio que tiene un coste, y también reconoce a las entidades titulares de los cajeros "la facultad última de establecer el precio del servicio de retirada de efectivo para usuarios no clientes".

El fallo niega que fuese una práctica abusiva porque la normativa reconoce que la retirada de efectivo por un no cliente es un servicio que tiene un coste

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La asociación de usuarios de bancos, cajas y seguros estimó en octubre el importe total cobrado entre marzo y septiembre en unos 16 millones de euros y lo consideraba ilegal porque se cobraba una doble comisión al usuario: por parte de la entidad del cajero y por la suya. Un portavoz de Adicae ha explicado entonces a Europa Press que defendían que fue una "práctica abusiva" porque la ley impide cobrar dos comisiones por un mismo servicio, y señaló que 350.000 personas firmaron contra este recargo.

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COBRO DE COMISIONES

CaixaBank dejó de cobrar esta comisión a los usuarios el 3 de octubre, coincidiendo con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto-ley que prohíbe repercutir al no cliente la comisión por usar el cajero, sino que se debe aplicar a la entidad emisora de la tarjeta.

Así, la nueva normativa avala el modelo de que el dueño del cajero tiene derecho a cobrar por su uso, aunque no al cliente final, sino a las otras entidades. Hasta la aprobación del Real Decreto-ley, CaixaBank defendía la legalidad de este recargo, así como que era informado al usuario del cajero a través de la pantalla antes de aceptar sacar dinero. Sobre este punto, Adicae argumentaba que la advertencia de la pantalla responde a la obligación legal del deber de información, pero no equivale a un consentimiento contractual.

Adicae ya ha anunciado que recurrirá la sentencia hasta instancias europeas si se preciso, y ha considerado que la justicia "se basa en informes sesgados del Banco de España, comprobado defensor de la banca en contra de los usuarios".

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