El plazo se ha extendido hasta el 28 de abril
La Secretaría General de Financiación Autonómica y Local (SGFAL) del Ministerio de Hacienda ha aprobado ampliar hasta el 28 de abril el plazo de presentación de solicitudes de ampliación en tres años del periodo de carencia y de amortización de los préstamos formalizados por determinados ayuntamientos con el ahora Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores y con el Fondo de Ordenación hasta 2016.
El plazo inicial concluyó el pasado 7 de abril, pero se ha ampliado hasta el día 28 para que los Plenos de las entidades locales que presenten peor situación financiera puedan acogerse a esta medida.
El plazo inicial concluyó el pasado 7 de abril, pero se ha ampliado hasta el día 28 de este mes
Las sucesivas resoluciones de la SGFAL son consecuencia de la autorización que aprobaba el pasado 2 de marzo la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) para la modificación de las condiciones financieras que serían de aplicación a 539 ayuntamientos que, por su situación financiera y sus problemas de liquidez, presentan dificultades para afrontar el cumplimiento del calendario de vencimientos de los préstamos formalizados hasta 2016.
De los municipios en cuestión, un total de 137 se encuentran en riesgo financiero, mientras que otros 402 no afrontan esta situación pero en la liquidación de sus presupuestos de 2015 no tenían ingresos suficientes para afrontar esas amortizaciones o registraban un remanente de tesorería para gastos generales negativo.
Los ayuntamientos interesados en la aplicación de la medida deberán presentar la solicitud con la fecha límite del viernes 28 de abril de 2017, accediendo a la aplicación que está disponible en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales.
AMPLIACIÓN CON CONDICIONES
La solicitud debe referirse a la totalidad de las operaciones de préstamo formalizadas entre 2012 y 2016 con cargo al ahora Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores y al Fondo de Ordenación que estén vigentes. Con la misma fecha límite del 28 de abril de 2017, los ayuntamientos, en su caso, deberán haber presentado la liquidación del presupuesto de 2015.
Los 137 ayuntamientos en riesgo financiero deberán, mediante acuerdo del Pleno, confirmar la aplicación del plan de ajuste que esté vigente y aceptar la posible imposición de medidas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública en el caso de que se aprecie incumplimiento de aquel.
El resto de municipios también deberán aprobar en Pleno un plan de saneamiento financiero con vigencia de cinco años, para el período 2017-2021, al final del cual sus cuentas deberán presentar signo positivo. Si tuvieren un plan de ajuste al que estuvieren sujetos, este plan de saneamiento será adicional.
La formalización de la modificación de los contratos de préstamo con las nuevas condiciones financieras deberá aprobarse mediante acuerdo del órgano competente del ayuntamiento, según la normativa reguladora del régimen local y de las haciendas locales.
La medida puede afectar a 2.041 préstamos que se formalizaron con 11 entidades de crédito, que han prestado servicios al Fondo de Financiación para los Pagos a Proveedores y al Fondo de Financiación a Entidades Locales, y, después de aplicar la medida, supondrá que el período de carencia de los préstamos formalizados por los ayuntamientos que la soliciten se habrá situado entre 5 y 7 años, y el período de amortización entre 13 y 23 años. Inicialmente, todas las operaciones se formalizaron con un período de amortización de 10 años, con los 2 primeros de carencia de pago de principal.