La doble comisión puede afectar también a usuarios de otros países de la UE que visiten España
Facua ha remitido una denuncia al Banco de España en la que le exige que actúe sin más dilación ante la doble comisión por sacar dinero en cajeros que van a aplicar muchos bancos. También le pide que aplique sanciones económicas por esta ilegalidad.
El Santander se ha unido a CaixaBank y BBVA y también aplicará esta comisión a los clientes de otras entidades que utilicen sus cajeros
El Santander ha anunciado que se suma a CaixaBank y BBVA y también aplicará esta comisión a los clientes de otras entidades que utilicen sus cajeros en el cuatro trimestre del año y su importe será de unos 2 euros, según recoge Europa Press. Facua ha criticado la "pasividad" del Banco de España sobre este asunto y le ha exigido que ejerza su labor de regulador y tome medidas para garantizar que los usuarios no paguen dos comisiones por el mismo servicio.
Hasta ahora eran las propias entidades emisoras de las tarjetas las que imponían este tipo de comisiones a los usuarios -de entre 0,65 y 1,50 euros- por sacar dinero en cajeros automáticos ajenos al propio banco. Y de la cantidad que cobraban diferían una pequeña parte a la entidad desde la cual se realizaba la retirada de efectivo.
COBRAR DOS VECES POR EL MISMO SERVICIO
Si esta comisión se mantiene, los usuarios que no sean clientes del Santander, BBVA y La Caixa estarán pagando dos veces por el mismo servicio, según advierte la asociación. Facua recuerda que, aunque las cuantías de las comisiones bancarias son libres, deben responder a servicios efectivamente prestados y en este caso se está cobrando dos veces por el mismo servicio, lo que, a su juicio, supone una ilegalidad.
La asociación ha instado a los usuarios afectados a que reclamen la devolución de esta comisión, porque no deben pagar dos veces por el mismo servicio. En su denuncia, la asociación recuerda que el Artículo 12 del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, indica que "los beneficiarios de las operaciones de pago en las que las tasas de intercambio han quedado limitadas (...) no podrán exigir al ordenante el pago de gastos o cuotas adicionales por la utilización de la tarjeta de débito o de crédito".
Los bancos deben responder a servicios efectivamente prestados y en este caso se está cobrando dos veces por el mismo servicio
Dado que la doble comisión puede afectar también a usuarios de otros países de la UE que visiten España, la asociación alude en su denuncia al Reglamento 924/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativo a los pagos transfronterizos en la Comunidad.
En su artículo 3.1, esta norma señala que "las comisiones cobradas por un proveedor de servicios de pago a un usuario de dichos servicios en relación con pagos transfronterizos hasta un importe máximo de 50.000 euros serán iguales que las comisiones cobradas por dicho proveedor de servicios a los usuarios de servicios de pago en relación con pagos nacionales equivalentes de igual cuantía y en la misma moneda".
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