Apenas quedan diez días para que expire el plazo de presentación de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2015
Apenas quedan diez días para que finalice el plazo de presentación de la Declaración de la Renta y, para los rezagados, damos algunas claves a tener en cuenta antes del 30 de junio.
Tal y como informa Expansión, es preciso tener en cuenta una serie de factores a la hora de presentar la declaración de la renta a última hora.
Apenas quedan diez días para que expire el plazo de presentación de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2015
LOS PLAZOS
En primer lugar, resulta fundamental saber que el 30 de junio se termina la campaña para presentar la declaración, pero, por ejemplo, el 25 de junio es el último día para presentar las declaraciones con domiciliación bancaria. Es decir, cuando el borrador o la declaración del Impuesto resulte a ingresar y se opte por domiciliar el pago. Además, el 29 de junio finaliza el plazo para solicitar la cita previa en oficinas de la Agencia Tributaria.
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NOVEDADES
Este ejercicio se ha caracterizado por presentar varias novedades, como que ha sido el primer año completo con la aplicación de la reforma fiscal, que incluye la nueva tarifa aplicable a la parte general de la base imponible, en la que se reducen tanto el número de tramos como los tipos marginales aplicables.
Es preciso tener en cuenta esta serie de factores a la hora de presentar la declaración de la renta a última hora
También en el ejercicio 2015 se aplica una nueva tarifa impositiva del ahorro que igualmente supone una reducción de los tipos aplicables. Así como la posibilidad de compensar los rendimientos del capital mobiliario, integrantes en la parte del ahorro de la base imponible, con las ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión de elementos patrimoniales, todo ello de forma paulatina y limitada. Se suman las ventajas a los planes de pensiones, por ejemplo.
El servicio de Renta Web ha sido implementado este año, es más simple y flexible, y fusiona el borrador y el Programa Padre. No requiere la instalación de ningún programa y se adapta a distintos navegadores. El contribuyente debe identificarse, una vez dentro, podrá navegar cómodamente por su borrador y enviar la declaración definitiva.
Sin embargo, una labor que no permite es modificar las declaraciones de la renta una vez tramitadas, en cuyo caso habría que realizar una complementaria o un escrito de rectificación, explica Expansión.
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DEVOLUCIONES
Además, debes saber que, si ya hiciste la declaración, salió a devolver y Hacienda aún no le ha efectuadoel pago, puede consultar el estado de tramitación de su devolución en la página web de la Agencia Tributaria en el recuadro de "Renta 2015". Ahí, debe acceder a la opción "Consulta devolución". Cuando el organismo revise las comprobaciones correspondientes y la declaración sea correcta, aparecerá un mensaje indicando cuándo será emitida la devolución.
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