De acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria
La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2022 arrancará el próximo 11 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria recogido por Europa Press.
La Campaña de la Renta de este año, que se corresponde con los ingresos obtenidos en 2022, se prolongará entre el 1 y el 30 de junio de manera ordinaria, pero previamente, desde el próximo 11 de abril se podrán presentar ya las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de internet, un medio que ya utilizan nueve de cada diez contribuyentes.
Asimismo, desde el próximo 5 de mayo y hasta el 30 de junio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono, y entre el 1 y el 30 de junio, coincidiendo con el periodo ordinario de la Campaña, los contribuyentes podrán presentar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria, el plazo concluye el 27 de junio.
Entre las novedades a tener en cuenta de cara a esta campaña destaca que la aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF pasa a 1.500 euros anuales.
Por el contrario, las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción suben a los 8.500 euros para 2022. Entre ambas, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.
Cabe recordar que los Presupuestos Generales del Estado de 2023 contemplan, entre sus principales novedades fiscales, la rebaja del IRPF para las rentas hasta 21.000 euros, el aumento del mínimo exento del impuesto hasta los 15.000 euros y el incremento del gravamen de las rentas del ahorro a partir de 200.000 euros. Sin embargo, estas medidas no tendrán efectos en la declaración de la renta de este año, sino en la del próximo.
Sí tendrán efecto las modificaciones de las escalas del gravamen del IRPF aprobadas con efectos retroactivos para 2022 por algunas comunidades autónomas, con el objetivo de paliar la subida de precios registrada a lo largo del año.
De su lado, también se ha creado el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal, no susceptible de cesión a las comunidades autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.
En la Campaña de la Renta de 2021 se presentaron 22.146.000 declaraciones, un 1,9% más respecto al ejercicio anterior. Un 62,7% de ellas se presentaron con solicitud de devolución, superando las 13.883.000 (-2,1%). A su vez, 6.696.000 dieron un resultado a ingresar (+10,5%).
Con todo, la Agencia Tributaria ha devuelto ya 9.671 millones de euros a 13.534.000 contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2021 (IRPF 2021). Según los últimos datos, a fecha de 30 de diciembre, se han realizado el 97,5% de las devoluciones solicitadas en número y se han abonado el 94,9% de los importes solicitados correspondientes.
De nuevo en esta última campaña, la Agencia Tributaria diseñó un plan reforzado de asistencia telefónica en la presentación, el plan 'Le Llamamos', para cubrir las necesidades de los contribuyentes sin tener que esperar a la apertura de la asistencia en oficinas y, en todo caso, también para evitarles desplazamientos innecesarios.
En este ejercicio, la Agencia Tributaria puso el foco en las criptomonedas para evitar la evasión y el fraude fiscal y realizó 233.000 avisos a contribuyentes que hayan operado con ellas, frente a los 14.800 del año anterior. Además, se introdujo un apartado para identificar los saldos de monedas virtuales, que hasta entonces debían incluirse en el apartado genérico de 'Demás bienes y derechos de contenido económico'.
Al margen de la Campaña de la Renta y Patrimonio, este 2023 hay algunas novedades fiscales relevantes a tener en cuenta. Entre ellas, destaca la presentación, por primera vez, de los modelos para los gravámenes temporales a energéticas y entidades financieras.
También se deberán presentar por primera vez el modelo 592 del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y el modelo 593 del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.