Los depósitos en el extranjero son los más rentables: cómo declararlos en la Renta

Conviene seguir unos pasos para evitar la doble imposición y que se reduzca la retención fiscal

Irene Hernández
Bolsamania | 16 may, 2019 06:00 - Actualizado: 09:41
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Con la rentabilidad de los depósitos en mínimos, los inversores que quieren obtener algún rendimiento acuden con sus ahorros a entidades extranjeras. A la hora de presentar la declaración de la renta hay que tener cuidado y seguir una serie de pasos para que el banco extranjero nos practique una reducción de la retención fiscal y evitar la doble imposición.

Cuando se contrata un depósito en España, el banco se encarga de declarar los intereses generados por el producto y se reciben los rendimientos con la retención fiscal ya aplicada, por lo que no hay que preocuparse por su fiscalidad. Sin embargo, la cosa cambia cuando se trata de un producto de ahorro en un banco extranjero.

En este caso, el contribuyente está obligado a incluir en la declaración de la renta los beneficios obtenidos. Los intereses se declaran de la misma manera que los obtenidos por un depósito nacional: se consideran rendimientos sobre el capital y se consignan en la base del ahorro.

Lo distinto viene cuando hay que declarar las retenciones. La primera situación es que exista un convenio bilateral. Aquí, existe la posibilidad de pedir al banco que no aplique las retenciones sobre los intereses generados por los depósitos, ya que se hará el pago de los impuestos en el país del contribuyente, no el del banco. Luego, en la Renta se pagará el porcentaje de IRPF correspondiente.

La segunda situación se da cuando no existe un convenio bilateral que evite la doble imposición. Entonces, el banco extranjero aplicará la retención que corresponda sobre los rendimientos generados por los depósitos. Esto supone que, a la hora presentar la declaración, las retenciones tienen que indicarse en el apartado de deducciones por Doble Imposición Internacional, en lugar de añadirse a la casilla de retenciones.

Cuando se tienen productos de ahorro en un banco extranjero, los intereses se declaran igual que los obtenidos por un depósito nacional, pero no las retenciones

Para poder deducirse las retenciones aplicadas por el banco extranjero, hay dos caminos. Uno, deducirse el importe pagado en el extranjero con motivo del impuesto análogo al IRPF o al Impuesto sobre la Renta de los No Residentes. El otro, deducirse la cantidad que resulte de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen sobre la base liquidable que haya sido gravada en el extranjero.

Como cada país aplica una retención fiscal diferente, en la mayoría de los casos es necesario presentar el Certificado de residencia fiscal. Aunque hay algunas entidades que no aplican ninguna retención fiscal, por lo que hay que informarse antes sobre el tipo de retención fiscal aplicada por el banco.

Para obtener este documento, hay que entrar en la web de la Agencia Tributaria y escribir "Certificado de residencia fiscal" en el buscador de la parte superior derecha. Se selecciona la primera opción "Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Residencia fiscal" y, después, "Solicitud". Para poder obtenerlo, hay que autenticase mediante el DNI electrónico o la Clave PIN. Una vez conectados, se tiene que elegir el país de origen del banco donde se ha contratado el depósito, además de rellenar los campos con la información correspondiente. Cuando se verifique la información, el sistema generará un documento para descargar.

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