Declaración de la Renta: Las diez casillas que debes vigilar para pagar menos a Hacienda

Los contribuyentes pueden obtener más beneficios fiscales

  • Hay que subsanar los errores por fallos de la Agencia Tributaria o del propio usuario
Bolsamanía
Bolsamania | 16 abr, 2015 11:25 - Actualizado: 14:21
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Comprobar el borrador de la declaración de la Renta es esencial para evitar fallos por olvidos o descuidos e incluso errores de la propia Agencia Tributaria. Por ese motivo, antes de validar los datos facilitados por Hacienda, hay que revisar cuidadosamente todos los datos, pero sobre todo aquellas casillas de la declaración más sensibles.

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Estas son las 10 casillas que los contribuyentes deben comprobar con más insistencia para evitar errores en su declaración:

- Casilla 002: Retribuciones en especie.
Se trata de una de las casillas que hay que revisar y hay que tener en cuenta según Finanzas.com. Hay que destacar que no tributan las cantidades satisfechas por la empresa por los gastos e inversiones efectuados para formar a sus empleados en el uso de nuevas tecnologías. Tampoco las retribuciones en especie para tarjetas de transporte.

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- Casilla 022: Los intereses de cuentas y depósitos.

Hay que revisar las actualizaciones sobre las retenciones sobre el ahorro, cuyo porcentaje a aplicar es el 21%.

- Casilla 023: Exención de 1.500 euros.
Esta es una de las casillas que con la reforma fiscal cambiará a partir de 2015. Pero todavía en la declaración de 2014 los contribuyentes se podrán beneficiar de la exención de los primeros 1.500 euros procedentes de dividendos.

- Casilla 029: Los gastos deducibles.
En esta casilla hay que incluir todos los gastos relativos a la gestión de carteras, ya que son deducibles.

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- Casilla 364: Compensación de pérdidas y ganancias.

Según destaca el digital, a partir de este año que es se pueden compensar las ganancias patrimoniales a más de un año con las pérdidas patrimoniales a más de un año. En el pasado ejercicio, se podían compensar las minusvalías a menos de un año con las plusvalías que se podían generar en los ejercicios siguientes.

Estas ganancias y pérdidas patrimoniales pueden clasificarse como renta general o como renta del ahorro. Estas últimas serán las derivadas de transmitir elementos que han permanecido en el patrimonio del contribuyente más de un año.

- Casilla 391: Exención por reinversión de la ganancia patrimonial obtenida en 2014 por la transmisión de vivienda habitual.
También se recoge la posibilidad de que los contribuyentes que han vendido su vivienda habitual en 2014 se beneficien de una esencial fiscal siempre y cuando el importe obtenido lo reinviertan en la compra de otra vivienda habitual, o en la rehabilitación de una vivienda que vaya a hacer las veces de vivienda habitual.

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- Casillas 547 y 548: Deducción por inversión en vivienda habitual.

Esta es una de las casillas más polémicas desde que se eliminara la deducción para las viviendas compradas a partir del 1 de enero de 2013. Aún así, sigue vigente para todos aquellos inversores que realizaron la compra antes de esa fecha. Los contribuyentes pueden deducirse el 15% del dinero destinado a la vivienda en el año, con un límite de 9.040 euros. En esas cantidades también se puede incluir las primas del seguro para la vivienda.

- Casilla 475: Aportaciones para cónyuges.
Esta casilla es muy importante en caso de que el contribuyente esté divorciado o separado ya que en ella se reflejarán las aportaciones que realizan al cónyuge así como las cantidades que se aportan para alimentos a favor de miembros distintos de los hijos.

- Casilla 459: Aportaciones para cónyuges a sistemas de previsión social
Esta casilla se refiere a los planes de pensiones, unos instrumentos de ahorro que cuentan con un beneficio fiscal que se limita a los primeros 2.000 euros de los importes destinados a estos productos.

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