Muchos propietarios se plantean si es más rentable el alquiler vacacional o el de larga duración
Con el estallido de los pisos turísticos, muchos propietarios optaron por este tipo de alquiler dejando de lado el tradicional, atraídos por la posibilidad de obtener a cambio una mayor cantidad de dinero en un tiempo menor. Sin embargo, muchos propietarios de segunda residencia están empezando a plantearse si realmente es más rentable apostar por el alquiler vacacional o por el tradicional. Entre las razones, que solo uno de ellos puede deducirse en la Renta.
Aunque la tendencia de los alquileres turísticos no ha hecho más que crecer en los últimos años, la opción de alquilar por un largo periodo de tiempo siempre ha tenido más adeptos, explican los expertos del portal inmobiliario Casaktua, que cifran en un 65% el porcentaje de propietarios de segunda vivienda que alquila su inmueble durante un largo plazo, frente al 35% que elige el arrendamiento vacacional.
Y es que hay motivos para decantarse, en este caso, por lo tradicional. Uno de ellos es la declaración de la renta. La deducción del 60% en el IRPF solo se aplica a los alquileres tradicionales destinados a ser la vivienda habitual de los inquilinos, con lo que únicamente los propietarios que arrenden su vivienda por larga temporada pueden acceder a esta reducción sobre el rendimiento neto positivo que se haya obtenido.
Pero esta no es la única razón por la que el alquiler tradicional puede ser más rentable. Otra, es que las comunidades de vecinos podrán aumentar un 20% los gastos de comunidad de las viviendas destinadas al alquiler turístico. Tras la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), se ha determinado que las comunidades de propietarios puedan, por acuerdo de una mayoría simple de 3/5 partes, limitar o condicionar el ejercicio de la actividad de alquiler turístico, o fijar unas determinadas condiciones para su ejercicio. Estos cambios se deben al endurecimiento de la normativa de pisos turísticos en muchas ciudades. Unas regulaciones que podrían aumentar.
La deducción del 60% en el IRPF solo se aplica a los alquileres tradicionales destinados a ser la vivienda habitual de los inquilinos
A esto hay que añadir que, a corto y largo plazo, la inversión supone una mayor rentabilidad. Teniendo en cuenta la facturación media de estas viviendas, el inmueble deberá estar ocupado entre un 50% y un 60% de los días del mes "para que sea igual o más rentable el alquiler turístico que el residencial".
Las agencias que gestionan el alquiler de pisos para fines turísticos se llevan alrededor del 35% del beneficio obtenido por la gestión integral. A lo que hay que añadir lo que se debe tributar por la actividad económica si se alquila más de 90 días al año. Por su parte, los alquileres de larga estancia no suelen estar sujetos a agencias y, por tanto, no deben pagar esa cuota. Además, gastos de limpieza y reparaciones se reducen considerablemente, y los costes fijos como el agua o la luz corren por cuenta del inquilino, lo que supone otra ventaja económica frente al alquiler turístico.
La estabilidad es otra baza a su favor. El alquiler de larga estancia suele tener una duración de, al menos, un año, lo que asegura que el inmueble no está vacío durante un periodo prolongado de tiempo, al contrario de lo que puede ocurrir con los pisos destinados a fines turísticos. También se garantiza una estabilidad en los ingresos, con cuotas fijas que el casero cobra de forma mensual.