Las DeFi o el 'staking', fuera del nuevo y "abusivo" cerco de Hacienda a las 'criptos'

Las medidas del Gobierno incluyen multas de hasta 5.000 euros

Noemí Jansana / Vídeo: Alberto Sánchez
Bolsamania | 16 jul, 2021 06:00 - Actualizado: 06:51

La nueva ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, más conocida como ley antifraude, lleva en vigor en España desde el 11 de julio con el claro objetivo de combatir el fraude tributario y especial hincapié en el incumplimiento de las obligaciones con Hacienda ligadas a las nuevas tecnologías. En este sentido, el Ministerio que dirige María Jesús Montero ha estrechado el cerco a las inversiones en criptodivisas u otros criptoactivos a través de una serie de obligaciones nuevas, pero llama la atención que "se deja en el tintero las DeFi (pools de liquidez, bloqueos) o monedas en 'staking'”, señala Herminio Fernández, CEO de Euricoinpay.

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Un pool de liquidez es una herramienta nacida de las Finanzas Descentralizadas (DeFi por sus siglas en inglés), "una nueva forma de invertir en el ecosistema cripto y participar en los beneficios de modelos de negocio tradicionales, como es el bancario, en la provisión de liquidez a los mercados financieros", explica Félix Fuertes, colaborador de Bolsamanía. "En esencia, son cuentas de criptomonedas/tokens que están bloqueadas en un contrato inteligente", agrega.

Además, las criptomonedas que se mantienen paralizadas en un monedero con la finalidad de recibir ganancias o recompensas ('staking'), y cuyos saldos no se pueden usar libremente, también escaparían a la nueva normativa, según Fernández. El experto aventura que al Gobierno simplemente "se le han pasado por alto" estas formas de rentabilizar y almacenar las tenencias en criptos, de igual manera que la normativa no incluye "los monederos en frío". Considera Fernández que son "vacíos que se irán cubriendo en sucesivos decretos".

En cambio, la legislación que recibió luz verde en el Congreso de los Diputados hace cuatro meses exige la obligación de "informar sobre saldos y titulares de las monedas en custodia". Asimismo, las plataformas e intercambios de criptoactivos en territorio Español están obligados a identificar todos sus clientes y pasar sus datos hacienda si esta los requiere para posibles inspecciones.

Es decir, "la nueva normativa afectará directamente a los contribuyentes que posean bitcoins u otras criptomonedas", subraya el CEO de Eurocoinpay. En la campaña de la Renta de 2019, Hacienda avisó a miles de usuarios que sus beneficios con monedas virtuales debían incluirse como 'Otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro'. Sin embargo, la normativa que regula las obligaciones respecto a las criptomonedas no estaba bien definida. Con esta ‘Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal', se concreta a qué están obligados los contribuyentes en relación con los criptoactivos.

La flamante legislación traspone una directiva europea de 2016 sobre la materia y es además una suerte de cajón de sastre que incluye, además de las nuevas obligaciones en 'criptos' desde potenciales subidas impositivas, la contabilidad B de las empresas o los pagos en efectivo, entre otros aspectos. El Ministerio de Hacienda calcula que elevará la recaudación en 828 millones de euros al año.

OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL MODELO 720 DE LA RENTA

Otra novedad es la que afecta a las personas que tengan criptoactivos en el extranjero, destaca Fernández. Por ejemplo, aquellos que tengan bitcoins u otras criptomonedas en monederos internacionales. "Todos estos contribuyentes tendrán la obligación de informar sobre las monedas virtuales de las que se sea el titular", explica.

El texto de la ley reza que se debe proporcionar "información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales".

Dicho de otro modo más sencillo, "si tenemos criptomonedas deberemos declararlas", resume el CEO de la aplicación de pagos con 'criptos'. "Esta nueva normativa es a la postre la legislación que incluye los criptoactivos como bienes de los que tenemos la obligación de incorporar a la Renta". En concreto, "estas criptomonedas que se tengan en criptobolsas fuera de España deberán incluirse en la Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero (modelo 720)".

Todo lo anterior se resume, incide Fernández, en que "las personas que tengan inversiones de criptomonedas fuera de España y superen los 50.000 euros deben cumplimentar el modelo 720, declarar las monedas que tengan en plataformas en el extranjero, también su valor, fecha de compra, etc.". Cabe destacar, prosigue el experto, "que un matrimonio que tenga 50.000 euros invertidos en el extranjero y que la titularidad sea compartida tendrán que declarar 50.000 cada uno, no 25.000 cada uno".

Otra duda importante es qué pasa con las inversiones en varias monedas digitales. "Si yo tengo 30.000 euros en bitcoins, 15.000 en ethereums, 10.000 en ADA, ¿tendré que declarar si ninguna llega a 50.000 euros?", se pregunta. "La respuesta es sí, ya que el total de monedas supera los 50.000 euros", asegura el CEO de Eurocoinpay.

MULTAS Y SANCIONES

De no cumplirse esta obligación se establece el mismo régimen de sanciones existente, con "hasta 5.000 euros por cada dato referidos a cada moneda virtual individualmente considerada según su clase que hubiera debido incluirse en la declaración". "Un régimen sancionador que puede llegar a ser muy gravoso ante olvidos que podemos tener si manejamos muchas criptomonedas diferentes de múltiples proyectos", expresa Fernández.

Aquí se dan dos tipos de sanciones: 5.000 euros por dato no declarado, es decir, "si una persona tiene 2 bitcoins y no los declara pagará varias sanciones de 5.000 euros, por no declarar el bitcoin, por no dar la fecha de compra, por no dar su valor de compra, etc.", explica el CEO de la 'App' de pago con criptomonedas. Si se declaran las criptomonedas "pero con retraso antes de ser requerido por hacienda, la sanción por dato omitido será de 100 euros", remacha.

"Muchos inversores sienten que las medidas que se han establecido desde el Gobierno son bastante abusivas y poco ajustadas a la realidad", lamenta por su parte Álvaro Alcañiz, Fundador y CMO de Onyze.

Tras el comunicado emitido desde Europa en donde han solicitado una modificación de los términos de la ley al Ejecutivo español, al encontrar que se sobrepasa, se han calmado un poco los ánimos a la espera de que "el Gobierno recapitule bajo la presión de Europa y establezca medidas y penalizaciones menos dolorosas en un proceso que es completamente nuevo", redondea este experto.

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