Europa Press | 29 feb, 2024 11:54
MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado este jueves que una aerolínea no puede prohibir mediante una cláusula que los pasajeros cedan sus derechos a entidades especializadas en reclamaciones, ni tampoco limitar por contrato la obligación de indemnización prevista por la cancelación de un vuelo.