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El Supremo sentencia que la agravante de género debe aplicarse aunque agresor y víctima no tengan relación

Europa Press | 21 nov, 2018 14:03

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que la circunstancia agravante de género debe aplicarse en todos los casos en que se agreda a una mujer "por el mero hecho de serlo", sin necesidad de que tenga algún tipo de relación de pareja con el agresor.