Sergio García | Bolsamania | 26 may, 2021 11:59 - Actualizado: 26 may, 2021
El Tribunal Supremo ha dictaminado que los condenados por el 'procés' no han contribuido a justificar las "razones de justicia, equidad o utilidad pública" que legitimarían la medida de gracia, es decir, el indulto, a cuya concesión se opone ante la falta de “la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento”.