Bolsamanía | Europa Press | 01 abr, 2019 13:38 - Actualizado: 01 abr, 2019
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que fija como doctrina que la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) puede imponer multas a directivos de empresas infractoras de las normas del derecho de la competencia, y añade que la publicación del nombre de la persona física multada no vulnera su derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a su propia imagen.