Óscar Giménez | Bolsamania | 21 dic, 2016 09:55 - Actualizado: 30 dic, 2016
El Tribunal de la Justicia de la Unión Europea (TUE) ha sorprendido este miércoles al dictaminar que se debe aplicar retroactividad en la nulidad de las cláusulas suelo, en contra de lo recomendado por el abogado general y la sentencia del Tribunal Supremo, que fijó la fecha máxima para la devolución del dinero cobrado de más en el 9 de mayo de 2013. La sentencia considera que la limitación, incluida en muchas hipotecas de tipo variable referenciadas al euríbor, es abusiva, y que no incluir la retroactividad supone una protección "insuficiente de los consumidores".