Virginia Mora | Bolsamania | 05 oct, 2018 11:34 - Actualizado: 05 oct, 2018
El Tribunal Supremo ha corregido a la Agencia Tributaria y ha establecido como doctrina legal que "las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)". Así lo refleja en una sentencia de la Sección Segunda de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo, que desestima un recurso de la Abogacía del Estado, que defendía que dichas prestaciones no debían estar exentas del IRPF.