Bolsamanía | Bolsamania | 15 jun, 2015 21:13 - Actualizado: 15 jun, 2015
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado que los autónomos que trabajan en casa puedan deducirse una parte de gastos como la luz, el gas, la calefacción o el teléfono. En una sentencia, el TSJM discrepa con el criterio seguido por Hacienda, que sólo admite esta deducción cuando el suministro se emplea exclusivamente en el desempeño de la actividad económica.