Europa Press | 22 jul, 2022 13:15
MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha sentenciado que la retribución abonada por una sociedad a un socio mayoritario no administrador puede ser un gasto deducible, siempre que dicho gasto acredite la correspondiente inscripción contable, se impute con arreglo a devengo y revista justificación documental.