Elena Lozano | Bolsamania | 11 dic, 2018 14:59 - Actualizado: 11 dic, 2018
La nueva ley hipotecaria no será retroactiva, es decir, no se aplicará a los contratos que se hayan firmado con anterioridad a su entrada en vigor salvo en algunos casos. El primero es que se trate de subrogaciones o novaciones, pero hay otra excepción en la que sí se aplicará retroactividad, que es en la cláusula de vencimiento anticipado. La norma se aplicará retroactivamente a los contratos que tuvieran una de estas cláusulas salvo que las condiciones pactadas en la hipoteca fueran más favorables al cliente o salvo que se trate de uno de los casos de desahucios paralizados por la Justicia europea. La banca se evita así acudir a los tribunales por hipotecas ya ejecutadas.