Virginia Mora | Bolsamania | 10 jun, 2017 06:00
Nadie se libra de la declaración de la renta. Ni siquiera los fallecidos. La defunción de una persona no justifica la ruptura total de los ‘lazos’ con Hacienda, y serán sus herederos, aquellos que estén en obligación de pagar el impuesto de sucesiones para percibir la parte de los bienes que les correspondan, los que tendrán que encargarse de hacer las gestiones pertinentes para arreglar cuentas con la Agencia Tributaria (AEAT) y dejarlo todo completamente atado tras la muerte del ser querido.