Irene Hernández | Bolsamania | 25 abr, 2022 06:00 - Actualizado: 25 abr, 2022
El Ingreso Mínimo Vital (IMV), haber realizado trabajos en el extranjero, las indemnizaciones por despido, prestaciones de la Seguridad Social o por desempleo, las dietas para gastos de viaje, las prestaciones por maternidad o las becas son puntos sobre los que no hay obligación tributaria, es decir, que aunque se hayan producido están exentos en la declaración de la renta.