Economía/Motor.- Un juzgado rechaza la suspensión cautelar del nuevo convenio colectivo de Ford Almussafes
VALENCIA, 24 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Social número 2 de Valencia ha desestimado la suspensión cautelar del procedimiento de registro del XVIII convenio colectivo de Ford España en el Ministerio de Trabajo, solicitada por el sindicato STM-Intersindical.
El auto, adelantado por 'Valencia Plaza' y consultado por Europa Press, se enmarca en el procedimiento sobre la demanda interpuesta por STM en la que pide la nulidad del acuerdo del comité de empresa de Ford España del pasado 14 de febrero en el que se ratificó el acuerdo de electrificación de Ford Almussafes, un plan que contempla medidas salariales y de flexibilidad que se han incorporado al nuevo convenio colectivo.
El sindicato plantea que el acuerdo debería haberse sometido a un referéndum entre toda la plantilla, como "se habría seguido durante 46 años en Ford España". El juicio está previsto que se celebre el 23 de junio.
Al respecto de la medida cautelar, la magistrada considera en su resolución --fechada este lunes-- que "no se ha justificado de forma precisa ni tampoco se ha documentado el eventual perjuicio que sufrirían los trabajadores de no adoptarse" la misma. Además, destaca que dicha suspensión del convenio "entraña mayor repercusión y afecta a cuestiones no contempladas en el acuerdo" de electrificación, por lo que la medida excedería a la controversia planteada.
Asimismo, la jueza señala que no se han aportado documentos o datos que "vengan a corroborar" que el referéndum previo a los trabajadores haya sido el sistema que se ha seguido para la toma de decisiones en la fábrica.
"No se justifica el carácter consuetudinario de tal proceder, ni tampoco se invoca precepto que así lo establezca en orden a entender que el Comité de empresa, revestido de legitimidad representativa de los trabajadores, deba efectuar una consulta previa", apunta.
La sección sindical de STM Intersindical en Ford Almussafes impugnó el acta del comité de empresa en la que se aprobaba el acuerdo de electrificación negociado por UGT y exigió que la plantilla votase de nuevo y "con todos los rigores democráticos" el plan de ajuste salarial y laboral con el que la factoría valenciana aspira a fabricar modelos eléctricos de la multinacional y asegurar la carga de trabajo de los próximos años.
STM: "FALTA DE TRANSPARENCIA TOTAL"
El motivo para impugnarlo es, por un lado, la inflación y la previsible subida del IPC por encima de las estimaciones iniciales y, por otro, la "falta de transparencia total" con la que, en su opinión, se desarrolló la consulta del acuerdo organizada por UGT, a través de una aplicación y "sin garantizar el voto secreto", según denuncia el sindicato.
En concreto, STM impugnó el acta del comité de empresa del pasado 14 de febrero en el que se aprobó el preacuerdo con la dirección europea, con los votos a favor del sindicado mayoritario, UGT, y la oposición del resto de sindicatos.
El preacuerdo consiste en un plan de ajuste para los próximos cinco años condicionado a la adjudicación de los modelos eléctricos, y contempla medidas de contención salarial y flexibilidad. En cuanto al primer punto, se trata de una "contención salarial" a cinco años que incluye aumentos salariales todos los años, pero los desvincula del IPC y no serían consolidables en tablas para toda la plantilla.
Después de negociar el plan en Colonia (Alemania) con la dirección europea, UGT realizó en febrero una consulta telemática a la plantilla que se saldó con un 74,95% de votos a favor del preacuerdo. Votaron un total de 4.193 trabajadores, el 70,22% de la plantilla, principalmente empleados afiliados a UGT y únicamente 48 no afiliados se registraron para votar. Tras la consulta, el comité de empresa aprobó el conocido como acuerdo de electrificación con los votos a favor del sindicato mayoritario.