Migraciones comunica a oficinas de extranjería cómo proceder ante la suspensión de plazos administrativos

Por

Europa Press | 19 mar, 2020

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Inclusión Social, Seguridad Social y Migraciones ha hecho pública una comunicación relativa a la suspensión de plazos administrativos para "lograr un equilibrio entre la concentración de los recursos públicos en los servicios esenciales necesarios en el actual contexto de emergencia sanitaria" provocada por el nuevo coronavirus COVID-19. También persigue "evitar perjuicio en los derechos e intereses de los interesados y afectados en los procedimientos en materia de extranjería".

Tras decretarse el el estado de alarma por la crisis sanitaria del Covid-19, se suspendieron los plazos administrativos, cancelándose también la atención a extranjeros que tenían cita para la expedición de sus documentos, renovación u otros trámites.

Ahora, la Secretaría de Estado de Migraciones señala en esta comunicación que "se finalizarán las solicitudes presentadas" antes de la declaración del Estado de Alarma "cuya propuesta de resolución sea favorable".

También informa de que "se emitirán los certificados de silencio positivo en las solicitudes presentadas al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, con anterioridad a la entrada en vigor del real decreto 463/2020.

También "se suspenderán los procedimientos de solicitudes (iniciales o renovaciones) presentadas antes de la entrada en vigor del real decreto 463/2020, de 14 de marzo", que declaró el Estado de Alarma, "cuya propuesta de resolución sea denegatoria o de archivo".

Asimismo, "la administración aceptará aquellos documentos exigibles en el procedimiento y cuya vigencia haya expirado durante la actual situación de excepcionalidad. También "se suspenderán los plazos de expiración de las estancias de nacionales de terceros estados cuyo retorno no es posible por la emergencia sanitaria internacional derivada del coronavirus".

Migraciones informa de que "se admitirán y tramitarán, sin sujeción a plazos administrativos, las autorizaciones (iniciales y renovaciones) presentadas con posterioridad al real decreto" que declaró el Estado de Alarma.

Por último, apunta que "se generaliza la posibilidad de presentar solicitudes por medios electrónicos, sin perjuicio del cumplimiento de determinados requisitos exigidos por el ordenamiento de extranjería".

Últimas noticias