La incineración y el vertido directo de residuos acabará como máximo al alcanzar la fase 3 de desescalada
MADRID, 27 (EUROPA PRESS)
El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico considera que "procede" ir recuperando la práctica habitual en materia de gestión de residuos de competencia municipal y añade que la incineración y el vertido directo de residuos en el vertedero podrá realizarse como máximo hasta alcanzar la fase 3 de la desescalada dentro del estado de alarma aprobado para frenar la expansión del coronavirus en España.
En ese sentido, el Gobierno ha aprobado dos órdenes ministeriales con nuevas normas sobre la gestión de residuos durante el proceso de la desescalada.
Además, el Ministerio ha publicado un conjunto de recomendaciones sobre la gestión de residuos tras las medidas coyunturales adoptadas sobre los residuos domésticos y sanitarios durante las fechas de mayor incidencia de la pandemia.
Las dos nuevas órdenes ministeriales, aprobadas a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, buscan prevenir el riesgo de que se produzca un incremento en la generación de residuos a consecuencia del mayor consumo de productos de un solo uso; por ello se revisan algunas de las medidas coyunturales adoptadas para la gestión de los residuos domésticos y sanitarios en contacto con COVID-19 con las adecuadas garantías de seguridad.
En concreto, se ordena que a medida en que la incidencia de la enfermedad se atenúa y ahora que ya todas las comunidades autónomas están en fase 1 e incluso en fase 2, el plan para la transición hacia la nueva normalidad irá recuperando la práctica habitual en cuanto a gestión de residuos se refiere.
Así, se recupera la competencia municipal de la gestión y se mantiene flexibilidad para que las autoridades competentes puedan adecuar las medidas de gestión a la evolución de la situación.
Asimismo, se recuperará la separación manual del tratamiento de la fracción resto siempre que se dispongan de los medios de protección adecuados, con el fin de minimizar los volúmenes destinados a vertedero o incineración.
Ahora la fracción resto esta compuesta por los residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas (en algunas zonas también se le denomina rechazo). A esta bolsa va todo aquello que no se deposita en los contenedores de recogida separada de cualquiera de las fracciones (orgánica, envases, papel, vidrio o textil).
Sin embargo, para extremar la seguridad, en los primeros días del estado de alarma se dieron instrucciones para que la separación del contenido de las bolsas de fracción resto en las plantas de tratamiento no se hiciera de forma manual sino solo automática.
Otra de las medidas para recuperar la normalidad es que quedará limitada la incineración y el vertido directo de la fracción resto como máximo hasta que finalice la fase 3. De ese modo, el Ministerio considera que se da un margen de flexibilidad a las comunidades autónomas para poder recuperar la gestión habitual de la fracción resto. En la orden de marzo se obligaba a destinar la fracción resto directamente a vertedero o incineración.
Por otro lado, también se reinstaurará la notificación previa asociada a los traslados de residuos entre comunidades autónomas de los restos sanitarios del COVID-19 que quedó suspendida para evitar las dificultades que suponía la práctica de las notificaciones durante la etapa del confinamiento.
Finalmente, el Ministerio ha elaborado recomendaciones para prevenir el riesgo de que se produzca un incremento en la generación de residuos como consecuencia de un mayor consumo de productos de un solo uso, en especial, material de protección como mascarillas, guantes, etcétera, envases para alimentación u otros productos desechables.