El Tribunal Constitucional rechaza amparar a Oriol Junqueras pero rompe su unanimidad
Nueve de sus miembros votan a favor y tres en contra
Actualizado : 11:24
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso del exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña Oriol Junqueras contra su prisión provisional durante la instrucción y el juicio por el 'procés' independentista, rompiendo así la unanimidad de los doce magistrados que se había mantenido hasta el momento en los asuntos relacionados con esta causa.
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La sentencia, cuyo ponente ha sido el presidente del tribunal de garantías, Juan José González Rivas, señala que las decisiones judiciales cuestionadas cumplen con las exigencias constitucionales de previsión legal, finalidad legítima y proporcionalidad.
La resolución cuenta con el voto conjunto discrepante de tres magistrados del sector progresista, Fernando Valdés, Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer. También incluye un voto concurrente del magistrado Santiago Martínez-Vares.
En citado recurso fue presentado por Junqueras contra la decisión del instructor de la causa Pablo Llarena, de mantener la prisión preventiva que dictó contra él la entonces juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, que comenzó a tramitarse en el tribunal de garantías en mayo de 2018. El segundo, cuya resolución está menos avanzada según las mismas fuentes, es el presentado contra la decisión de Llarena de impedir, en enero de ese mismo año la salida del líder de ERC para tomar posesión en la sesión constitutiva del Parlament como diputado electo.
En el primero de los casos, el ponente de la propuesta de sentencia que los magistrados tendrán sobre la mesa el próximo miércoles es el propio presidente del tribunal, Juan José González Rivas, quien ya intentó llevar este asunto al Pleno antes de que comenzara el juicio del 'procés' si bien lo retiró al entender que iba a tener la unanimidad deseada.
La razón es que algunos magistrados expresaron sus dudas respecto a la argumentación y pidieron mayor concreción al ponente dada la doctrina existente al respecto por parte el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
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En ese momento, y al prever que la unanimidad en los asuntos relativos al 'procés' podría haberse perdido, se decidió en el seno del TC dejar aparcado varios de los recursos pendientes de resolver en relación con los presos para no interferir en el juicio en el Tribunal Supremo que entonces iba a comenzar a celebrarse. Una vez conocida la sentencia, el Constitucional ha retomado a fondo estas deliberaciones y considera prioritario resolver todas las cuestiones con independencia de que se alcance o no la siempre deseada unanimidad.
En el segundo de los casos la ponencia es del magistrado del sector progresista Juan Antonio Xiol, quien propone dar la razón a Junqueras en lo referido a la prohibición recibida para tomar posesión de su escaño pese a no haber sido aún condenado en la causa.
Así, el tribunal deberá decidir ahora si entiende como presupuesto imprescindible mantener la unanimidad que han tenido hasta este momento todos los asuntos relacionados con la deriva soberanista en Cataluña -dada la trascendencia que los votos discrepantes podrían tener de cara a los recursos ante el Tribunal de Estrasburgo-; o por el contrario opta por resolver de una vez estas cuestiones pese a que no se alcance un acuerdo total en todos los puntos a estudiar. La segunda opción evitaría seguir extendiendo este asunto en el tiempo y dar lugar a informaciones interesadas sobre intrigas en en seno de este órgano que no le benefician en absoluto.
La defensa del dirigente independentista pidió en recurso contra la prisión preventiva que se le reconocieran sus derechos fundamentales a la libertad, la libertad ideológica, al juez ordinario predeterminado por la ley, el derecho a la defensa, a la presunción de inocencia y a la participación y representación políticas, entre otros aspectos.
El Pleno consideró al admitir a trámite esta cuestión junto con la de otros exdirigentes en prisión, como Jordi Sánchez, que quedaba justificada "la especial trascendencia constitucional del recurso de amparo porque se plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal".
En cuanto al segundo de los asuntos, del que es ponente Xiol, se presentó contra la decisión de Llarena de impedir a Junqueras asistir al Parlament para tomar posesión como diputados electos, si bien les reconoció el derecho a delegar el voto. El instructor lo justificó en a "incapacidad legal prolongada" de los encausados para asistir a los debates y votaciones del Pleno, debido a su situación de prisión provisional desde el 2 noviembre de 2017.