Ocho preguntas y respuestas sobre las elecciones del 21-D en Cataluña

Desde la convocatoria son muchas las dudas que han surgido en torno a esta cita en las urnas

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Bolsamania | 05 nov, 2017

Actualizado : 11:25

La convocatoria de elecciones en Cataluña para el próximo 21 de diciembre va tomando forma. Tras el anuncio inicial del Gobierno de Mariano Rajoy sobre la fecha, que se decidió inmediatamente después de aplicar el artículo 155 de la Constitución, El Ejecutivo ha ido adoptando diversas decisiones que han servido para concretar los detalles de esta convocatoria electoral. Aquí resumimos en estas ocho preguntas y respuestas los aspectos esenciales de los comicios catalanes.

-¿Por qué se celebran entre semana?

Las elecciones serán un jueves, en jornada laborable y sólo tres días antes de la Nochebuena por los plazos que marca la Ley Electoral

Las elecciones autonómicas en Cataluña se celebrarán esta vez en una jornada poco habitual. Normalmente en España lo normal es convocar elecciones un domingo, día tradicional de descanso que facilita a los ciudadanos la tarea de acudir a las urnas. Sin embargo, esta vez los comicios serán un jueves, en jornada laborable y sólo tres días antes de la Nochebuena.

La razón es muy sencilla. Ese es precisamente el día en que acaba el plazo legal contemplado en la Ley Electoral (LOREG) para convocar unos comicios: 54 días naturales después de que la convocatoria de elecciones, en este caso anticipadas, se publique en el Boletín Oficial de Cataluña. Dado que la 'orden' se publicó el sábado 28 de octubre, contando los siguientes cincuenta y cuatro días naturales las elecciones deben celebrarse el 21 de diciembre.

-¿Cuándo arrancará la campaña electoral?

La convocatoria de elecciones fue aprobada por el Gobierno en el Consejo de Ministros extraordinario celebrado en la tarde del pasado viernes 27 de octubre. Ese día se concretaron los detalles de la campaña electoral, que según aparece recogido en las medidas aprobadas por el Ejecutivo central, y publicadas posteriormente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), arrancará a las cero horas de la noche del día 5 de diciembre y acabarán a las veinticuatro horas del día 19 de diciembre, justo para dejar la jornada de reflexión habitual en todas las convocatorias electorales para que los ciudadanos puedan decidir el sentido de su voto.

-¿Quiénes podrán concurrir a las elecciones?

En principio podrán concurrir todos los partidos. Los que deseen hacerlo, tendrán dos semanas desde la convocatoria de las elecciones para organizar las listas, elegir a sus candidatos y decidir si van o no en coalición, ya que de ser así habrá de plazo para registrarla hasta el 7 de noviembre. Posteriormente, en la semana del 13 al 18 de noviembre, se comunicará a la Junta Electoral competente las candidaturas de todos los partidos.

-¿Cómo será el censo?

Un total de 5.553.983 electores podrán votar el próximo 21 de diciembre, de los cuales 5.329.139 residen en la comunidad autónoma y 224.844 en el extranjero. Así aparece en el censo publicado esta misma semana por el Instituto Nacional de Estadística (INE). De los electores residentes en Cataluña, 136.300 podrán participar por primera vez en estas elecciones al haber cumplido 18 años desde la anterior votación al Parlament, celebrada el 27 de septiembre de 2015.

Cada voto obtenido por una candidatura que tenga al menos un escaño se subvencionará con 61 céntimos

-¿Cuánto costarán los comicios?

El delegado del Gobierno en Cataluña, Enric Millo, ha sido el encargado de dar estas cifras. Sobre él está delegando el Ejecutivo de Rajoy la tarea de comunicar los detalles de las elecciones, y en esta ocasión no iba a ser menos. Según explicó este viernes, se ha incrementado el presupuesto de la Generalitat en 12,3 millones de euros con el objetivo de atender los pagos de estos comicios, cuyo gasto se estima que ascenderá a 25 millones de euros. Se concederán 16.101,60 euros a cada partido por escaño conseguido, y cada voto obtenido por una candidatura que tenga al menos un escaño se subvencionará con 61 céntimos. Además, se otorgarán 17 céntimos por cada elector de una circunscripción si el partido obtiene un escaño en ella y consigue formar grupo parlamentario.

-¿Cuánto ganarán los miembros de las mesas electorales el 21-D?

Los ciudadanos que por sorteo tengan que presidir las mesas electorales en las elecciones catalanas del 21 de diciembre cobrarán 71 euros por la jornada, mientras que los dos vocales percibirán respectivamente 63 euros, cifras un euro superiores a las que se pagaron en estas mismas autonómicas de 2015. En total, 197 euros por mesa.

Así se recoge en las normas complementarias que aprobó el pasado martes el Gobierno en Consejo de Ministros extraordinario y que se publicaron este viernes el BOE. En esta indemnización va incluido ya el coste del desplazamiento para que los presidentes entreguen la documentación electoral en el juzgado correspondiente por la noche, salvo en el caso de las grandes ciudades, las que tienen más de 500 mesas, en las que tienen derecho a un suplemento de 15 euros. Es decir, cobrarán en estos casos 86 euros.

-¿Cómo se decidirá la representación en el Parlament?

El BOE, en la orden con la convocatoria de elecciones, recuerda que las circunscripciones electorales de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona elegirán, respectivamente, a 85, 17, 15 y 18 diputados al Parlament de Cataluña. Pero no cuesta lo mismo, en términos de número de votos, lograr un escaño en una u otra provincia.

En Barcelona, que es la que tiene el mayor censo (4.155.918 electores) hacen falta unos 49.000 votos para lograr un solo escaño en el Parlament, mientras que en Lleida, donde la población con derecho a voto es mucho menor (313.893), sólo son necesarios unos 21.000 votos para elegir a cada parlamentario. Y en Tarragona y Girona, el 'coste' de cada diputado está en un nivel intermedio. La primera tiene un censo de 566.307 electores, por lo que hacen falta 31.000 votos para elegir a cada diputado, mientras que en Girona, cada parlamentario requiere una cantidad de apoyos ligeramente inferior, 30.000, ya que hay 517.865 ciudadanos con derecho a voto.

-¿Cuándo se constituirá el Parlament?

Una vez celebradas las elecciones, y teniendo en cuenta los plazos previstos en la Ley de Presidencia de la Generalitat y el Govern, que da un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de los comicios para convocar la sesión constitutiva del Parlament, la Cámara autonómica deberá estar constituida como muy tarde el martes 23 de enero de 2018.

En Barcelona, que tiene el mayor censo, hacen falta 49.000 votos para lograr un solo escaño. En Lleida sólo son necesarios 21.000 votos

Tras la sesión en la que se elegirá al presidente del Parlament y también a los miembros de la Mesa, habrá otros 10 días hábiles para que el presidente de la Cámara proponga la investidura de un candidato a la Presidencia de la Generalitat, en caso de que el Gobierno decida mantener esa premisa tras la aplicación del artículo 155. De esta forma, el plazo máximo se situaría el martes 6 de febrero, cuando debería celebrarse la sesión de investidura.

En caso de que en esa votación el candidato no logre la mayoría absoluta de los votos (son 68 diputados, dado que el Parlament hay 135 escaños), dos días más tarde se celebraría una segunda en la que sería suficiente contar con mayoría simple (más síes que noes) para ser investido. Si el candidato tampoco consigue la confianza de la Cámara, se abriría un plazo máximo de dos meses para encontrar otra persona para el cargo. La nueva fecha límite para elegir al próximo president sería el sábado 7 de abril. Si para entonces no hay investidura, se volverían a convocar elecciones.

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