El abogado general de la UE falla a favor de la inmunidad de Junqueras

En respuesta a la cuestión prejudicial remitida por el Tribunal Supremo

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Europa Press | 12 nov, 2019

Actualizado : 10:10

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Maciej Szpunar ha emitido su dictamen sobre el alcance de la inmunidad europarlamentaria del líder de ERC Oriol Junqueras, en respuesta a la cuestión prejudicial remitida por el Tribunal Supremo durante el juicio del 'Procés'. Ha determinado que el republicano debe ser considerado eurodiputado; es decir, reconoce el alcance universal de su inmunidad.

La defensa del líder independentista sostiene que Junqueras está protegido por la inmunidad que le corresponde a un eurodiputado desde que obtuvo un escaño en las elecciones de mayo al Parlamento europeo, pero tanto España como las instituciones europeas consideran que no le asiste tal protección puesto que no pudo recoger el acta.

Aunque las conclusiones del Abogado General no son vinculantes para los jueces del TUE, en la mayoría de los casos las sentencias finales siguen la línea marcada por el primer dictamen.

La Gran Sala del Tribunal con sede en Luxemburgo escuchó a las partes en una vista el pasado 14 de octubre, durante la que representantes legales de la Eurocámara y de la Comisión Europea expusieron que un eurodiputado no puede disfrutar del beneficio de la inmunidad hasta que toma posesión del acta y se declara la sesión constitutiva del nuevo Parlamento.

Los expertos comunitarios se alinearon también con España al recalcar que los requisitos para ser eurodiputado corresponden a la esfera nacional y, por tanto, en este caso depende lo que determine la legislación española. Ningún otro Estado miembro presentó alegaciones al caso.

La cuestión prejudicial que examina el TUE fue remitida el pasado junio por el Supremo a petición de la defensa de Junqueras, que solicitó que acudiera a Luxemburgo en un recurso de súplica contra la decisión del alto tribunal de no darle permiso para ir a acatar la Constitución ante la Junta Electoral Central y así acceder a la condición plena de eurodiputado.

MOMENTO DESDE EL QUE SE APLICA INMUNIDAD

Las dudas de los jueces de la Gran Sala del TUE durante la vista se centraron en cuestiones relacionadas con el periodo de sesiones y la temporalidad de la inmunidad.

Tanto la Abogacía del Estado como la Comisión Europea respondieron a este asunto subrayando que la condición de eurodiputado no se adquiere hasta la sesión constitutiva de la Eurocámara -en el caso de esta legislatura, el pasado 2 de julio--, por lo que "el momento previo no está en ningún caso garantizado por la inmunidad".

La Abogacía del Estado, además, sostuvo que no tendría "ningún efecto" sobre la situación del exvicepresidente de la Generalitat que se concluyera que la condición de eurodiputado se adquiere antes porque, en el caso de España, la inmunidad parlamentaria "solo significa el aforamiento al Tribunal Supremo y el suplicatorio", necesario únicamente antes del juicio oral.

El Ministerio Fiscal, por su parte, añadió a las alegaciones que Junqueras presentó su candidatura a las europeas estando ya el juicio del 'Procés' cerca de su conclusión, lo que en su opinión prueba que su objetivo era "lograr un cobijo para evitar la aplicación de la pena" y no defender las ideas y valores de la Eurocámara.

No hay fecha para la sentencia definitiva que, en el caso de los procedimientos acelerados como es el caso de Junqueras, suelen dictarse en una media de entre dos y cuatro meses desde el registro del caso.

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